CSIF exige a la Ministra que no utilice la prevención de riesgos laborales con fines publicitarios

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20 de June de 2022

El pasado 15 de julio, el Ministerio de Justicia anunció en su web un convenio suscrito por la Ministra de Justicia y el Presidente del Consejo General del Poder Judicial sobre colaboración en materia de prevención de riesgos laborales en la Administración de Justicia.

 

Según se dice en la web dicho convenio incluirá a los Jueces y Magistrados y al resto de personal de la Administración de Justicia cuando concurran en un mismo centro de trabajo (sic).

 

Sorprende que la Ministra de Justicia firme convenios en materia de prevención de riesgos laborales cuando tiene patas arriba el servicio de prevención del Ministerio. Un servicio de prevención que saltó por los aires en la pandemia, que fue incapaz de activar a los Comités de Seguridad y Salud en plena crisis sanitaria y que, a pesar del esfuerzo de su escasísimo personal, no da abasto con los problemas relacionados con la seguridad y salud en la Administración de Justicia.

 

Después de más de un año al frente del Ministerio, alguien le tendría que haber informado sobre las graves carencias de su departamento en esta materia o, quizá, haber preguntado sobre ello antes de firmar convenio alguno.

 

CSIF recuerda a la Ministra de Justicia que las cuestiones relativas a la prevención de riesgos laborales son materia de negociación colectiva (art. 37 del TREBEP)

 

CSIF le traslada a la Ministra, ya que nadie lo hace, que en la Administración de la que es competente no se ha completado, ni de lejos, la elaboración y publicación del conjunto de planes de prevención de riesgos de los centros de trabajo. En algunos casos no se ha empezado ni siquiera la evaluación de los puestos previa a la elaboración del plan. Los planes de prevención de riesgos laborales son la herramienta fundamental en la protección de la salud de los trabajadores y trabajadoras y que, sin ellos, no se puede hablar sobre prevención, ni mucho menos, firmar convenios de colaboración en esta materia.

 

En estos planes entre otras cuestiones se debe incluir no sólo lo relativo al personal de su competencia sino lo que la ley de prevención de riesgos denomina “coordinación de actividades empresariales”, es decir, atribuida la competencia en materia de prevención al titular del edificio (en este caso, el Ministerio), la ley obliga a que, en los casos en los que existe personal dependiente de diferentes instituciones, administraciones, empresas u organismos, esa administración titular del edificio debe coordinarse con el resto para incluir en el plan las medidas correctoras en materia de prevención de riesgos una vez que éstas le hayan remitido las correspondientes evaluaciones de los puestos de los trabajadores a su cargo.

 

Nada de esto se ha hecho y el convenio, en consecuencia, es un publirreportaje uno más, como ese de la cogobernanza, a los que, lamentablemente, nos tiene acostumbrado el Ministerio de Justicia últimamente y que no tiene otro objetivo que obstaculizar e impedir el derecho de negociación colectiva como se está haciendo con las leyes de eficiencia organizativa, procesal y digital o el Registro civil.

 

CSIF advierte al Ministerio que, si no se corrige esta deriva, el conflicto estará asegurado.

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Enlace nota en www.confilegal.es

 

Arxius adjunts

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