CSIF te recuerda que ya no tienes por qué entregar el parte de baja, pero sí avisar tu baja a Correos

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  • Personal de Correos

6 de de maig de 2024

Aunque ya no existe para tí, como trabajador/a la obligación de entregar el parte de baja, CSIF te recuerda que Correos puede obligarte a avisarles si te han dado la baja o la incapacidad temporal (IT) según la sentencia de la Audiencia Nacional 136/2023 del 18 de diciembre. 

 

Porque una cosa es que ya no tengas obligación de entregar el parte de baja médica. Desde el 1 de abril de 2023 se suprimió para eliminar obligaciones burocráticas (CLIC AQUÍ). Pero otra cosa diferente es que no tengas que avisarla a Correos. Sí: debes avisarla.

 

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Tal y como distingue la Audiencia Nacional, hay que distinguir entre justificar y comunicar la baja médica, siendo el preaviso compatible con la justificación posterior, según el principio de la buena fe contractual. 

 

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Por lo tanto, PREAVISA SIEMPRE TU BAJA, porque evita prejuicios tanto para ti como para la organización del trabajo en tu centro. 
 
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Pero a partir de ahora, lo que hace falta es que Correos cubra todas y cada una de las bajas médicas. 

 

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