CSIF rechaza el modelo de oficina judicial que plantea el Gobierno de Cantabria para la primera fase de los Tribunales de Instancia
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14 de d’abril de 2025

Las oficinas judiciales de la primera fase de implantación de los Tribunales de Instancia afectan a todos los partidos judiciales menos a Santander y a los actuales Juzgados y Agrupaciones de Juzgados de Paz que se convierten en oficinas de justicia en el municipio (OJM).
Conforme al artículo 37.2 letra a) párrafo segundo del TREBEP las decisiones organizativas que tengan repercusión en condiciones de trabajo deben ser objeto de negociación por mucho que la Dirección General diga que no.
Frente al modelo de oficinas de Cantabria CSIF en la reunión del pasado jueves exigió con carácter general:
- Una subida del complemento específico general hasta llegar a la propuesta que hicimos en el mes de mayo del año pasado para todo el personal de Justicia en Cantabria. (300 euros/mes)
Todo ello en cumplimiento del acuerdo de 2008 firmado con motivo de los traspasos de competencias y que dejaba al margen la negociación de las relaciones de puestos de trabajo. De esta forma se corregiría la situación del personal de Cantabria respecto de sus compañeros de otros ámbitos recuperando la posición relativa en la tabla. En este sentido, Galicia y Navarra pueden incorporarse en los próximos días a los ámbitos territoriales que han subido el complemento específico con incrementos superiores a los que algunos firmaron hace pocos meses aquí en Cantabria.
- Un 30% de incremento del complemento específico básico para los puestos de jefaturas en el nuevo modelo y una subida de tres puntos como mínimo para retribuir el nuevo papel del Secretario de las OJM (Gestor procesal).
- La no compatibilidad de la actividad del Registro civil con el trabajo de la oficina judicial desde el momento en que las oficinas de Registro civil son unidades administrativas y no forman parte de la oficina judicial.
- Que la compatibilidad del trabajo de las OJM con la de las oficinas judiciales de la cabecera del partido al que pertenecen no se haga con carácter general sino atendiendo a la carga real de trabajo medida bajo parámetros objetivos y fijando, previa negociación, un módulo, a partir del cual, no se puede compatibilizar funciones.
- Que se valoren los puestos de trabajo conforme a las funciones específicas atribuidas a cada uno de ellos y, en este sentido, que se mantengan las especificidades de algunos puestos de trabajo como los del centro penitenciario del Dueso.
Con carácter particular para cada una de las sedes afectadas por esta primera fase:
- La creación de un área por jurisdicción en los Juzgados mixtos (una civil y una penal) de las sedes más pequeñas en cuanto número de órganos judiciales.
- En el caso de Castro Urdiales, CSIF solicitó, además, la creación de un servicio de asuntos generales y un equipo especializado en ejecución.
- En Torrelavega, CSIF propone:
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- la creación de los tres servicios comunes (Servicio Común General, Servicio común de Tramitación y Servicio común de ejecución.) Tal y como se ha hecho en otras oficinas judiciales de otros ámbitos, empezando por el ámbito no transferido (Molina de Segura, Illescas o San Javier).
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- Dentro del servicio común de tramitación y de ejecución, CSIF ha solicitado la creación de un área o equipo por cada sección del tribunal que se cree (civil y penal, violencia sobre la mujer).
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- En el servicio común general, CSIF solicita la creación de equipos por cada actividad (registro y reparto, auxilio judicial o servicio común de notificaciones y embargos que debería crearse “ex novo”).
CSIF recuerda también que el acuerdo de 8 de enero de 2025, aplicable a Cantabria garantiza en todo caso:
- Que nadie puede perder retribuciones por el proceso de acoplamiento incluidas las guardias.
- Que no puede haber movilidad forzosa fuera del municipio del destino.
- Que no puede haber amortización (reducción) de plazas.
- Que los destinos a efectos de concurso se diferenciaran por servicio, área y equipo codificándose de forma individualizada.
- Que en el proceso de acoplamiento debe primar la voluntariedad. En este sentido, la reforma del RD 1451/2005 en tramitación incluirá normas de acoplamiento de carácter básico que el Ministerio ya está desarrollando en la mesa de negociación.
CSIF recuerda que la firma de ese acuerdo no exige ningún tipo de paz social en lo que se refiere a la negociación de las relaciones de puestos de trabajo.
El acuerdo, frente a la idea inicial del Ministerio y de las CCAA, obliga a negociar el diseño y las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales antes de su puesta en marcha, pero no exige que se asuman todos los postulados que plantean las administraciones a través de los modelos de referencia de las oficinas judiciales, oficinas del registro civil y oficinas de justicia en el municipio que hemos publicado hace varias semanas y a las que la Dirección General se aferra. Parece evidente, aunque a algunos sigan sin entenderlo, que se puede negociar y llegar a acuerdos en algunas cosas sin comprometer ningún otro objetivo. Que esa es la manera de avanzar.
La Consejería de Justicia, en este sentido, haría bien en negociar y tiene margen para ello si hay voluntad de implantar la oficina de forma tranquila. Los modelos de referencia, como se menciona en su contenido en varias ocasiones, son meras guías sin carácter vinculante que no se han negociado con los sindicatos como era preceptivo y, en el caso de la última versión, ni siquiera se han aprobado en la Conferencia sectorial. No es tan difícil, en La Rioja se ha podido llegar a un acuerdo.
El día 15 de abril, se nos ha convocado a los sindicatos para negociar las relaciones de puestos de trabajo. CSIF no renuncia a ninguno de los principios expresados en esta circular informativa y estamos dispuestos a consensuar las reivindicaciones que sean necesarias con quienes compartan el objetivo de formar un frente común ante la Consejería.