MOVILIDAD VOLUNTARIA Y PROVISIONES DEFINITIVAS DE PUESTOS DE TRABAJO EN EL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Funcionario
  • Otros Cuerpos de Administración Local
  • Laboral

25 de de febrer de 2025

CSIF Y LOS SINDICATOS FIRMANTES DEL ACUERDO FUNCIONARIOS IMPULSAN PROCESOS DE MOVILIDAD Y CARRERA VERTICAL

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) junto con los sindicatos firmantes del Acuerdo 2024-2027 Forzapol, Staz y Ugt, hemos solicitado la convocatoria de una Mesa de negociación para desarrollar las bases que regulen procesos de movilidad voluntaria y las provisiones definitivas de puestos de trabajo.

La movilidad voluntaria del personal funcionario en concursos de traslados (de carácter ordinario o previo a procesos selectivos) y el desarrollo de una carrera vertical que permita ascender a otros puestos de trabajo, son derechos regulados en el TREBEP, y en el artículo 27 y Disposición Transitoria 3ª del Pacto funcionarial que en el Ayuntamiento de Zaragoza, firmamos los cuatro sindicatos citados.

El próximo 1 de marzo se cumple un año desde su entrada en vigor y en el mismo quedó reflejado el compromiso para negociar unas bases generales que regulen estos procesos mediante la convocatoria pública de todos los puestos de trabajo (singularizados y no) que están cubiertos de forma temporal, así como concursos generales de traslados dirigidos a las categorías profesionales C1, C2 y AP.

Señalar que, desde hace años no se llevan a cabo concursos de traslados de carácter ordinario, ni previos a las tomas de posesión tras oposiciones y que ha pasado más de una década desde la última provisión de puestos carácter definitivo. Son centenares de puestos de trabajo que a día de hoy permanecen ocupados en Comisión de servicios, habiendo superado con creces el periodo para el que fueron autorizados y cuya cobertura con carácter definitivo es necesaria.

Fitxers adjunts

COMPARTIR