El Ministerio propone un acuerdo sobre la ley de eficiencia del servicio público de Justicia y los Tribunales de instancia

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5 de de juliol de 2024

En la sexta reunión de la Mesa de negociación sobre esta cuestión, el Ministerio de Justicia plantea una propuesta de acuerdo con algunos avances importantes aun cuando, para CSIF, quedan algunas cuestiones que deben incluirse en el texto final si se quiere llegar a un acuerdo.

 

El acuerdo que propone el Ministerio incluye el documento con las enmiendas al texto de la ley, que está en tramitación en el Congreso, fruto de la negociación llevada a cabo hasta ahora.

 

Además, el Ministerio manifiesta su voluntad de incluir algunas cuestiones y reivindicaciones históricas de CSIF.

 

Ya está en el documento la recuperación del 50% de reserva de plazas para la promoción interna.

 

Pero CSIF, ha exigido al Ministerio que se incluya:

 

  • Un compromiso real, en el último trimestre del año, de negociación del Real Decreto básico de carrera profesional.
  • Un compromiso real, en el mes de octubre como muy tarde, de negociación de la regulación básica del teletrabajo sobre el que ya existe un documento que reúne bastante consenso sindical fruto de la labor del grupo de trabajo en el mes de febrero.
  • Un compromiso real de negociación del reglamento del Registro civil y de las relaciones de puestos de trabajo de las nuevas oficinas.
  • Un compromiso para la revisión de la normativa básica de la productividad, derogando el sistema de puntos, y regulando la misma de forma similar a la de los LAJ.

 

En relación con el nuevo modelo de Justicia y el acoplamiento, el Ministerio asume varias de las reivindicaciones de CSIF:

 

  • No merma de retribuciones complementarias fijas en caso de adjudicación de plaza con menos retribuciones.

 

  • Garantía de percepción del complemento de guardia. En esta cuestión, frente a la pretensión del Ministerio de aprovechar este cambio para modificar el régimen de prestación de este servicio, CSIF reclama que se garantice a todo el mundo que hace guardia que seguirá percibiendo este complemento mientras que no se mueva voluntariamente a otro puesto de trabajo. Si el Ministerio quiere hacer cambios en el servicio de guardia, lo debe plantear en la mesa de negociación. 

 

  • No amortización del número total de plazas a la fecha de firma del acuerdo. A este respecto, CSIF ha pedido que se incluya la garantía de mantenimiento de los refuerzos a través de una nueva conversión de estos puestos de trabajo en plantilla y que también se extienda a los nuevos puestos que se creen hasta la puesta en marcha del proceso de acoplamiento.  

 

  • Evaluación de las cargas de trabajo a los efectos de cambios en las rpts previa negociación colectiva.

 

  • Diferenciación de puestos de trabajo por servicios, áreas y equipos a efectos de concurso de traslados, adjudicación de plazas de nuevo ingreso o en régimen de provisión temporal; y a efectos también de atribución de funciones y tareas concretas. Lo cual permite ampliar el abanico de posibilidades para optar a diferentes puestos.

 

  • Negociación previa a la implantación de la nueva oficina judicial de las relaciones de puestos de trabajo. Hasta el momento, el Ministerio se resistía a reconocerlo, algo que para CSIF era y es fundamental: sin negociación de relaciones de puestos de trabajo, no puede haber oficina judicial nueva.

 

Es en esta negociación en la que habrá que definir la estructura de cada oficina estableciendo servicios comunes y dentro de ellos las áreas y equipos necesarios abriendo la puerta a mayores opciones para optar a diferentes puestos genéricos, los puestos singularizados con mejor retribución etc...

 

  • En el proceso de acoplamiento va a primar la voluntariedad, a través de procesos de confirmación en puestos de idéntico o similar contenido y oferta del resto de plazas y no se va a exigir una movilidad geográfica forzosa.

 

No obstante, CSIF sigue reclamando mayor concreción en la estructura de la oficina judicial creando un área por cada sección del tribunal del tribunal de instancia que se cree y un área por sección o sala de las AP, TSJ, AN y TS un área adicional por cada 8 unidades judiciales.

 

En relación con la estructura de la oficina judicial el Ministerio se remite, para su concreción, a la negociación de las relaciones de puestos de trabajo de cada oficina judicial en cada ámbito de competencia. No obstante, el Ministerio acepta la creación de, al menos, un área cuando existan 12 o más unidades judiciales en el servicio común de tramitación. (primero, no admitía esta opción y luego lo fijó en 20) y de la creación de un equipo diferenciado por cada 50 funcionarios, 30 en nuestra propuesta.

 

En materia de atribución de funciones por el LAJ, art. 39 del RD 1451/2005, CSIF ha reclamado que dicha atribución sea de carácter temporal, se realice de forma motivada y no suponga, en ningún caso, un cambio de destino del funcionario/a afectado/a.

 

Finalmente, CSIF ha recordado al Ministerio que el conflicto por las funciones sigue estando vigente en la mesa de negociación y en los Juzgados. Para CSIF, lo que hemos denominado eficiencia funcional, aprovechar el potencial del personal de Justicia para la mejora del servicio público y su reconocimiento laboral y retributivo es fundamental para que la mejora real y efectiva del servicio público de justicia y más en tiempos de digitalización, robotización e inteligencia artificial.

 

CSIF va a seguir reclamando, como volvimos a hacer ayer, la clarificación de las funciones, la redistribución de las mismas en las oficinas y el reconocimiento laboral y retributivo de las que se realicen de forma efectiva. Vamos a seguir reclamando la eliminación de los grupos de población y la revisión de las guardias como hicimos el año pasado

 

La próxima reunión: el día 11 de julio. El Ministerio se ha comprometido a remitirnos un documento/borrador final antes de esa fecha.

 

Ayer por la tarde, tras la petición de CSIF, el Ministerio nos comunicó que el día 19, y no el 12 como se nos había dicho, es el último día para presentar las enmiendas en el Congreso de los Diputados aun cuando se deberá confirmar por la mesa del Congreso.

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