Resumen Comisión Paritaria de Seguimiento del Teletrabajo JCCM (31/10/2023)

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31 de d’octubre de 2023

Resumen Comisión Paritaria de Seguimiento del Teletrabajo JCCM (31/10/2023)

RESUMEN COMISIÓN PARITARIA DE SEGUIMIENTO DEL TELETRABAJO 31/10/2023

 

Reunida la comisión formada por los sindicatos presentes en la M. Sectorial de personal funcionario y la DG de F. Pública, y una vez analizados los datos aportados por el sistema informático de seguimiento de las solicitudes de teletrabajo, desde CSIF ponemos de manifiesto las siguientes cuestiones:

 

  1. El desigual tratamiento de las solicitudes de teletrabajo en los servicios centrales y las delegaciones provinciales. El número de solicitudes presentadas en las provincias es escaso y menor aún el de las estimadas, lo que pone en evidencia la actuación de algunas secretarías generales. El ejemplo más relevante es la C. de Agricultura donde desestimaron el 45% de las solicitudes de SSCC, y el 100% de las de S. Periféricos.

 

  1. El diferente porcentaje de solicitudes estimadas y desestimadas por consejerías, destacando el 83% de solicitudes estimadas de Fomento o el 85% de Economía, frente al 29% de Agricultura que vuelve a ser la consejería con menor aplicación de teletrabajo.

 

  1. Solicitamos que en los próximos informes se registren los porcentajes de jornada de teletrabajo por consejerías, datos que consideramos imprescindibles y que revelarían que hay consejerías, como la de Economía, en la que se limita la aplicación del teletrabajo al 20% sin ninguna justificación, y donde hemos tenido que acudir a los tribunales para que le reconozcan a una funcionaria su derecho a tener el 40% de jornada de teletrabajo.

 

  1. La dificultad de elaborar los PTIs, que tal y como establece el decreto tienen que ser abordados por el jefe de la unidad administrativa en colaboración con el solicitante.

 

  1. La escasa motivación de las desestimaciones, haciendo exclusivamente alusión al artículo 4.2 del decreto, mientras que se obvia el último párrafo del mismo artículo que establece la posibilidad de teletrabajar en aquellos puestos donde se pueda compaginar la actividad presencial y no presencial.

 

  1. La falta de cumplimiento de los plazos de resolución, dejando las solicitudes en un limbo administrativo por meses.

 

Desde CSIF entendemos que es necesaria una revisión del decreto de teletrabajo, así como exigir a las Secretarías Generales que cumplan con la obligación de contestar las solicitudes en plazo, motivar las desestimaciones y dar un trato igualitario a todo el personal que lo solicite, con independencia de que se trate de servicios centrales o periféricos. Os animamos a que ejerzáis vuestro derecho y lo solicitéis, aun a riesgo de que os lo desestimen, ya que es la mejor forma de evidenciar con números la escasa implantación del teletrabajo en esta administración si la comparamos con otras cercanas.

 

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