Ayudas para la adquisición de dispositivos digitales 2023/2024. Convocatoria.
- Acción Social
- Acción Social Administraciones Públicas
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Catedráticos Enseñanza Secundaria
- Maestros
- Profesores de Secundaria FP y Enseñanzas de Régimen Especial
29 de de desembre de 2023
Ayudas para la adquisición de dispositivos digitales 2023/2024. Convocatoria
El 29 de diciembre de 2023 se publica en BOCYL el extracto de la Orden de 20 de diciembre de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas dirigidas a la adquisición de dispositivos digitales para su utilización por alumnado que curse determinadas enseñanzas no universitarias en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León para el curso escolar 2023-2024.
Dispositivos subvencionables
Los dispositivos digitales únicamente serán subvencionables cuando el director del centro acredite la necesidad de su uso en clase para el tratamiento de recursos didácticos digitales de acuerdo con el plan de integración de las tecnologías de la información y la comunicación del centro.
Además ha de tratarse de modelos que reúnan las características que se indican a continuación:
El dispositivo se debe haber adquirido en el periodo comprendido desde el 18 de diciembre de 2022 hasta el 15 de enero de 2024.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas dirigidas a la adquisición de dispositivos digitales, el padre, la madre o el tutor legal del alumnado que curse educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional básica, formación profesional de grado medio o educación especial en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, o el propio alumno si es mayor de edad, siempre que las rentas obtenidas por los miembros de la unidad familiar en el año 2022 no superen las siguientes cuantías:
Número de miembros de la unidad familiar | Renta máxima de la unidad familiar |
---|---|
2 | 18.410,60 € |
3 | 24.075,40 € |
4 | 29.740,20 € |
5 | 35.405,00€ |
6 | 41.069,80€ |
7 | 46.734,60€ |
8 | 52.399,40€ |
A partir del octavo miembro de la unidad familiar se incrementará la renta máxima en cinco mil seiscientos sesenta y cuatro con ochenta euros (5.664,80 €) por cada nuevo miembro.
En los casos en que los alumnos tengan expediente de protección abierto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, el beneficiario será la entidad o familia de acogida que ejerza la guarda del menor.
Requisitos
Para la concesión de estas ayudas será requisito imprescindible acompañar a la solicitud la factura justificativa de la adquisición del dispositivo digital subvencionable correspondiente al alumno para el que se solicita la ayuda. La factura, una por alumno, se expedirá a nombre del padre, madre o tutor, o del propio alumno si es mayor de edad.
Criterios de concesión
Las ayudas se concederán en orden inverso a la renta per cápita de la unidad familiar.
La renta de la unidad familiar a los efectos de esta convocatoria se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio 2022 de cada uno de los miembros computables de la unidad familiar, proporcionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de la forma siguiente:
En el caso las unidades familiares que se encuentren, a fecha 31 de diciembre de 2022 en alguno de los supuestos enumerados a continuación, la renta per cápita familiar se dividirá por un coeficiente de 1,25, al objeto de favorecerles en la concesión de las ayudas:
Cuando el alumnado en el momento de formular la solicitud asista a un centro educativo ubicado en un núcleo con población inferior a 10.000 habitantes, su renta familiar se dividirá por un coeficiente de 1,3, para incrementar sus posibilidades de obtener la ayuda para la adquisición de dispositivos digitales.
Una vez determinada la renta per cápita de la unidad familiar (r.p.c.) se establecerán tres intervalos de renta, a cada uno de los cuales corresponderá una ayuda de cuantía diferente, que varía en función del tipo de dispositivo que se adquiera. En ningún caso podrá concederse una ayuda por importe superior al gasto en el dispositivo digital subvencionable acreditado mediante la correspondiente factura. Para pasar de un intervalo a otro deberá existir presupuesto sobrante del anterior. En el último intervalo se concederán las ayudas hasta agotar el presupuesto.
Las cuantías de las ayudas serán los siguientes:
Formalización de las solicitudes
Las solicitudes se deben obtener a través de la aplicación informática:
Una vez cumplimentada la solicitud se puede teletramitar, si dispone de certificado digital, o en caso contrario la debe imprimir, firmar, y presentar preferiblemente en la secretaría del centro.
En el caso que no se presente la solicitud en la secretaria del centro, irá dirigida a la Dirección Provincial correspondiente.
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 30 de diciembre de 2023 y finaliza el 15 de enero 2024.