EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL INFORMA EN MESA SECTORIAL SOBRE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO QUE AFECTA AL CONCURSO GENERAL DE TRASLADOS

  • Prensa y Comunicación
  • Notas de prensa y comunicaciones
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Catedráticos Enseñanza Secundaria
  • Funcionario
  • Funcionario en prácticas
  • Interino
  • Maestros
  • Profesores de Secundaria FP y Enseñanzas de Régimen Especial

23 de de setembre de 2022

-En cumplimiento de la Sentencia la experiencia en el cuerpo docente tiene que contemplar todos los servicios en activo, incluidos los de interino y prácticas.

En Mesa Sectorial celebrada hoy, 22 de septiembre, el Ministerio de Educación y Formación Profesional informa de la Sentencia del Tribunal Supremo 1081/2022, por la que se marca jurisprudencia que afecta directamente al Real Decreto del Concurso General de Traslados. Según esta sentencia, no puede discriminarse el tiempo de servicio como interino o prácticas del ejercido como funcionario de carrera.

 

Con esta sentencia el Ministerio procede a modificar en dichos términos el baremo del Concurso General de Traslados. Para ello se publicará un Real Decreto que incluye modificaciones en los Anexos I y II sobre los baremos: en el Anexo I en los apartados 1.2. Antigüedad en el cuerpo y en el apartado 1.3, Antigüedad en los cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de idiomas y de Artes Plásticas y Diseño, y en el apartado 1.3.2 del Anexo II sobre experiencia docente para cuerpos de inspectores.

 

En todos estos apartados se incluye la expresión “Por cada año de servicios efectivos prestados en situación de servicio activo como personal funcionario de carrera, en prácticas o interino…” y así se da cumplimiento a la doctrina de la sentencia anteriormente mencionada.

 

CSIF ha defendido en esta Mesa la exigencia reiterada de abordar la negociación del Concurso General de Traslados, porque es una norma obsoleta y que con todos los parches introducidos por las sentencias judiciales se ha vuelto ineficiente y ya no cumple con el propósito principal que tiene la norma: regular el derecho a la movilidad de los funcionarios/as de carrera del sector docente de manera justa y equitativa. El modelo actual nace en un contexto que se ha transformado profundamente por las sentencias de los tribunales. Por tanto y por pura lógica, ante un entorno totalmente diferente procede un modelo que se adapte y esto solo se puede hacer con una modificación completa y estructural.

 

Con esta última modificación es evidente que se producen muchas incoherencias en el sistema que afecta a una parte importante del colectivo y que ve mermadas su derecho a la movilidad al diluirse sus anteriores méritos en los introducidos actualmente. Tampoco podemos obviar la obligatoriedad de ofertar todas las vacantes, que viene derivado de la normativa europea sobre la reducción de la temporalidad y lo que esto implica en cuanto a los actuales exiguos criterios de plantillas.

 

La dejación de funciones de las administraciones con respecto a la Función Pública Docente está deteriorando por la vía de los hechos la situación profesional del profesorado. CSIF sigue exigiendo un Estatuto Docente que regule toda la vida profesional, que consolide todos sus derechos y mejore sus condiciones laborales.

 

Esto puede modificar las fechas de publicación del Concurso General de Traslados. Os seguiremos informando.

Para ver la sentencia pincha en el siguiente enlace:

https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/5e366cfd644c4cbaa0a8778d75e36f0d/20220808

Por la dignificación de la labor docente.

Madrid, 22 de septiembre de 2022

CSIF EDUCACIÓN

Fitxers adjunts

COMPARTIR