CAMPAÑA RECLAMACIÓN COMPLEMENTOS POR CALIDAD O CANTIDAD DE TRABAJO NO COBRADOS DURANTE LOS PERIODOS VACACIONALES
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27 de de març de 2023
Sentencia firme del Tribunal Supremo por la que establece una anulación parcial del artículo 110.1 del
Convenio Colectivo del Personal Laboral 2018-2020 (actual artículo 111.1).
“Las retribuciones que se abonarán durante las vacaciones serán las correspondientes al salario base y
a los complementos personales y de puesto que se vinieran percibiendo, en su caso, sin que se genere
derecho a la percepción de complementos por cantidad y calidad de trabajo”
Complementos de calidad o cantidad de trabajo no cobrados durante periodos vacacionales y objeto
de la reclamación (actual convenio):
Artículo 184. Plus de actividad.
Artículo 185. Horas extraordinarias.
Artículo 186. Complemento compensatorio de domingos y festivos.
Artículo 187. Otros complementos de cantidad y calidad del trabajo.
CSIF abre campaña de RECLAMACIÓN INDIVIDUAL PARA AFILIADOS que no hayan percibido alguno/s de
estos complementos de calidad o cantidad de trabajo para las anualidades de 2019, 2020, 2021 y 2022
y siempre que se hayan venido cobrando con regularidad en los meses previos al periodo vacacional.
Documentación a aportar para RECLAMACIÓN INDIVIDUAL:
Nóminas 2019, 2020, 2021 y 2022.
Vida Laboral.
Copia contrato/s de trabajo.
Copia DNI.
Hacer entrega de la documentación a tu DELEGADO SINDICAL, que se encargará de aportar la
documentación al SERVICIO JURÍDICO