Nuevo protocolo actuación frente al Coronavirus a partir del 28/03/2022

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28 de de març de 2022

NUEVO PROTOCOLO ACTUACIÓN FRENTE AL CORONAVIRUS A PARTIR DEL 28/03/2022

El Ministerio de Sanidad, ha publicado una nueva actualización de la “Estrategia de Vigilancia y Control frente a la COVID-19” tras la fase aguda de la pandemia.

¿QUE DEBES CONOCER?

La población general que sean casos confirmados leves, con autotest de farmacia o sanitario (+) y asintomáticos: NO tendrán que realizar aislamiento.

SI deberán mantener las medidas preventivas. Utilización de mascarilla en todos los ámbitos, higiene de manos, teletrabajar (si se puede) y evitar contacto con personas vulnerables durante los 10 días posteriores al inicio de los síntomas o al día que te realizaron/realizaste la prueba, en el caso de las personas asintomáticas.

Deben informar a sus contactos estrechos, para que también extremen las precauciones y vigilen la aparición de síntomas los 10 días posteriores al contacto.

Se considera como contactos estrechos: Cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso positivo, a una distancia menor de 2 metros y durante un tiempo total acumulado de más de 15 minutos en 24 horas, sin uso continuado y correcto de mascarilla, en las 48 horas anteriores a realizarse la prueba o haber tenido síntomas.

No se realizarán pruebas diagnósticas PDIA (PCR, y test antígenos sanitarios) de manera generalizada. Solo en estos supuestos:

  1. Casos sospechosos de grupos vulnerables (mayores de 60 años, inmunodeprimidos y embarazadas),
  2. Casos sospechosos relacionados con ámbitos o grupos vulnerables. (centros sanitarios, sociosanitarios y penitenciarios, trabajadores que prestan apoyo y cuidado a personas vulnerables). No se les hará a trabajadores que no tengan contacto directo con personas vulnerables.
  3. Casos con sintomatología grave que requieran ingreso hospitalario.
  4. Personas que hayan estado en los últimos 14 días en regiones con variantes que no circulan en la Comunidad de Madrid y población migrante irregular de llegada reciente.

EXCEPCIÓN: SI AISLAMIENTO

Cuando se trabaje en contacto directo con personas vulnerables o en ámbitos vulnerables, durante los cinco días posteriores al diagnóstico o el inicio de síntomas. Pasado este tiempo, y siempre que hayan transcurrido 24 horas tras la desaparición de los síntomas, se le realizará otra prueba diagnóstica de Ag.

  • Si da negativo (-) podrá volver a incorporarse a su lugar de trabajo.
  • Si da positivo (+), se realizará la prueba cada 24h, hasta que resulte negativa, para poder incorporarse a su lugar de trabajo.

ACCESO A LOS CENTROS SANITARIOS

NO será necesario de manera general, la realización de cribados previos al ingreso o a determinadas actuaciones asistenciales. En cualquier caso, los centros hospitalarios podrán considerar el uso de cribados en situaciones específicas.

Información más ampliada y preguntas frecuentes en el siguiente enlace:

https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/covid-19-preguntas-frecuentes

 

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