Reconocimiento de niveles de carrera profesional al personal estatutario temporal

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29 de de març de 2023

RECONOCIMIENTO DE NIVELES DE CARRERA PROFESIONAL AL PERSONAL ESTATUTARIO TEMPORAL

Publicado en el BOCM con fecha 29 de marzo de 2023, en el que se reconoce los Niveles I, II, III o IV de carrera profesional al personal estatutario temporal Licenciado, Diplomado Sanitario y Formación Profesional del Área Sanitaria que se detalla en los Anexos I de la presente Resolución, de cada una de las categorías y/o especialidad y con los efectos administrativos que en el mismo se establece. Estos reconocimientos quedan supeditados a las posibles modificaciones que se deriven de las ejecuciones de sentencias firmes.

¡¡¡Muy importante!!!

En estos listados solo aparece el reconocimiento de nivel de carrera profesional al personal estatutario temporal con nivel evaluado y reconocido administrativamente con anterioridad al 26 de octubre de 2022. Tampoco aparecen aquellos que tienen reconocidos por sentencia firme el nivel de carrera profesional (ya que la sentencia prevalece a lo que publica el BOCM), ni los niveles del proceso de carrera profesional ordinarios del año 2022.

Los efectos económicos del personal que presta servicios en Instituciones Sanitarias del SERMAS son del 1 de octubre de 2022, en virtud de lo previsto en el punto tercero del Acuerdo de 26 de octubre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad, de 14 de octubre de 2022, para la incorporación del personal estatutario temporal a los modelos de carrera profesional del personal estatutario fijo, a todos los efectos.

Ver las Resoluciones en archivos anexos:

RECURSO DE ALZADA

Para aquellos profesionales que no estén de acuerdo, ponemos el recurso de alzada telemático a vuestra disposición AQUÍ

Para presentar la solicitud solo tienes que seguir estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud. 
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
     
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

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