Hasta 41.000 € de multa para las empresas que incumplan las medidas anti-COVID
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9 de de juliol de 2020
❌CSIF recuerda que así está publicado en el BOE
❌El virus sigue ahí
❌Relajar las medidas no significa descuidarse
El riesgo de contagio sigue ahí
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios recuerda que las empresas que incumplan las medidas básicas frente al Covid-19 cometen una infracción grave en prevención de riesgos laborales. Una infracción que comporta una multa de entre 2.046 y 40.985 € y que hay que respetar hasta el último centímetro. El riesgo de contagio no ha desaparecido. Seguimos conviviendo con él.
¿Qué son infracciones graves?
CSIF recuerda que el BOE obliga a las empresas públicas a “la ventilación, y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros de trabajo”, poner a disposición de los trabajadores agua y jabón, o geles hidroalcohólicos, y adaptar los puestos de trabajo para garantizar la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros y, si no es posible, proporcionar “equipos de protección adecuados al nivel de riesgo”.
Vigilancia
El sindicato insiste que en ese grupo de medidas también figura evitar “la coincidencia masiva de trabajadores” en los puestos en los que no sea posible el teletrabajo. De hecho, la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social vigila este punto que es otro de los destinados a prevenir la pandemia.
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