Los juzgados dan la razón a CSIF en su denuncia contra el Ayuntamiento de Salobreña, que tendrá que reconocer el exceso de jornada de la policía local

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5 de d’abril de 2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) en Granada, sindicato más representativo en las administraciones públicas, ha valorado este viernes la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Granada, que reconoce la existencia de un exceso horario en el cuerpo de policía local de Salobreña y la necesidad de pactar con carácter previo las fórmulas de compensación del mismo.

Gracias a la sentencia ganada por los servicios jurídicos de CSIF y contra la que no cabe recurso de apelación, el ayuntamiento de la localidad tendrá que compensar el exceso de jornada acumulado por tres miembros de la policía local durante el año 2020, que asciende a un total de 222 horas. Así lo reconoce la justicia al entender el derecho de los tres denunciantes a percibir las diferencias salariales correspondientes.

El responsable de Administración Local de CSIF Granada, Ignacio Conde Pipó, ha subrayado que “con este pronunciamiento judicial se cierra la etapa con el anterior equipo de gobierno, que negó en todo momento la existencia de ese exceso horario, apoyándose en informes del ex jefe de policía local”. Conde Pipó lamenta que “esa etapa estuviera marcada por la falta de diálogo con los representantes sindicales y que la actual corporación se vea obligada a saldar ahora una deuda con los agentes como consecuencia de una mala gestión anterior”.

El responsable sindical critica que “esta situación es habitual en muchos cuerpos de policía local de la provincia ya que, con el fin de  garantizar la seguridad ciudadana todos los días del año, los ayuntamientos se ven obligados a estructurar turnos muy amplios que conllevan la acumulación de más horas de trabajo que el resto del personal municipal”.

Este exceso de jornada, derivado en parte por la falta de personal estructural en los cuerpos de policía local, se compensa en la mayoría de casos mediante días de descanso o compensación económica. Sin embargo, tal y como refleja la sentencia, el Ayuntamiento de Salobreña no compensó este exceso, infringiendo el principio de igualdad retributiva y generando unas diferencias salariales que afectaron a los tres denunciantes, a los que los tribunales han dado la razón. 

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