INTERINIDADES: PRORROGA VACACIONAL EN NAVIDAD

15 de diciembre de 2023

Desde CSIF-A Educación queremos resolver una duda que afecta a miles de interinos antes de la festividades navidades  "Si el titular de la plaza, se da de alta antes de navidades ¿tengo derecho a prorroga vacacional?"

La normativa vigente es muy clara respecto a este tema. La "Orden de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas."   indica en el artículo 61.4

"El personal funcionario interino que cese en la prestación del servicio en los cinco días lectivos anteriores al inicio de los períodos vacacionales de Navidad o Semana Santa tendrá derecho a la prórroga del nombramiento desde el inicio de los citados períodos y hasta la finalización de los mismos, considerándose como servicios efectivos, salvo para el cómputo de la prórroga de nombramiento correspondiente al período no lectivo de verano".

Por lo tanto, si trabajas el día 18 de diciembre o posteriores (salvo en la provincia de Almería donde debes trabajar el  17 de diciembre o posteriores), estarás en el caso anterior y tendrás derecho a la prorroga vacacional.

Por otro lado, recordamos que el periodo navideño de esta prorroga vacacional, no contará para el computo de las condiciones de la prorroga vacacional veraniega.

Si a pesar de esta aclaración, sigues teniendo dudas, sabes que CSIF es tu sindicato y puedes ponerte en contacto con nosotros aquí.

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