Criterios de desplazamiento de personal temporal por incorporación de personal fijo procedente de procesos selectivos o concursos de traslados
- Concursos y movilidad
- Traslados
- Empleo
- Oposiciones
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
8 de marzo de 2022
CRITERIOS DE DESPLAZAMIENTO DE PERSONAL TEMPORAL POR INCORPORACIÓN DE PERSONAL FIJO PROCEDENTE DE PROCESOS SELECTIVOS O CONCURSOS DE TRASLADOS
CRITERIOS DE CESE
Por la incorporación del personal estatutario fijo, la plaza ofertada puede ser:
a) Plazas identificadas de manera singular, mediante un CIAS o número de puesto de trabajo, cesará el profesional que esté ocupando dicha plaza.
b) Plazas no identificadas: Siempre se cesa de menor a mayor antigüedad.
1.- Existe plaza vacante. Ocupada por personal eventual, cuyo nombramiento, está vinculado a actividad estructural en esa categoría. Son los primeros en cesar.
2.- No existe plaza vacante. Se cesa en este orden: primero el personal interino, segundo el personal en comisión de servicio y finalmente, el personal en promoción interna temporal por vacante.
CRITERIOS INCORPORACIÓN (En casos de plazas no identificadas)
Si toma posesión como fijo, en el mismo centro de trabajo donde estaba como interino o promoción interna. Permanecerá en el mismo puesto "sin desplazar a personal temporal"
Si toma posesión como fijo, en distinto centro de trabajo, donde estaba antes. Existen dos supuestos:
1.- Existe plaza vacante no cubierta en la plantilla orgánica ocupada por personal eventual cuyo nombramiento está vinculado a actividad estructural en esa categoría de menor a mayor antigüedad. Se excluyen las vinculadas a procesos en ejecución de cobertura de una jefatura asistencial, las que estén pendientes de amortización y las vinculadas a actividad coyuntural relacionada con Acuerdos para la reducción de las listas de espera, Programas y Planes Especiales y nombramientos a tiempo parcial.
2.- No existe plaza vacante. Se cesa en este orden: primero el personal interino, segundo el personal en comisión de servicios y finalmente, el personal en promoción interna temporal por vacante. De menor a mayor antigüedad.
BAREMO PARA DETERMINAR EL CESE
Solo contarán los períodos trabajados en la misma categoría, bajo cualquier régimen (estatutario, funcionario o laboral) en Instituciones Sanitarias adscritas al Servicio Madrileño de Salud, así como en el Hospital Universitario de Fuenlabrada, Hospital Universitario Fundación Alcorcón y Unidad Central de Radiodiagnóstico. Si existe empate, para desempatar, será la menor antigüedad en el centro de destino donde se presta servicios, de persistir el empate, se resolverá conforme la letra del sorteo anual que efectúa D.G. de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
PERSONAL DESPLAZADO
Se le reactivará en las bolsas de empleo temporales centralizadas, según categoría profesional. Si no está incluido, se le incluirá y baremará de oficio. Si no está constituida dicha bolsa, se le incorporará a la del centro correspondiente, para nueva oferta de nombramiento
*Nota: Podéis ver en archivo anexo las Instrucciones de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de fecha 4 de marzo de 2022