CSIF Informa: Complemento en la pensión para la reducción de la brecha de género

  • Igualdad

23 de septiembre de 2021

- Régimen General de la Seguridad Social

El complemento para reducir la brecha de género está asociado a la acreditación de un perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a. El nuevo complemento se concede al progenitor que acredite un perjuicio en su carrera profesional tras el nacimiento del hijo o hija. Si los dos progenitores acreditan el perjuicio o si ninguno de los dos lo hace, el derecho se le reconocerá a la madre, contribuyendo así a la reducción de la brecha de género. La medida estará en vigor mientras la brecha de género de las pensiones sea superior al 5%.

La compensación será una cuantía fija de 378 euros anuales por cada hijo a partir del primero (hasta un máximo de cuatro), que se reconocerá en todas las modalidades de pensión (jubilación, incapacidad permanente y viudedad), salvo la jubilación parcial. Esta cuantía se irá actualizando de acuerdo con la revalorización de las pensiones y no computa a efectos de complemento a mínimos ni como tope de la pensión.

Sustituye al artículo 60 que fue introducido en la Ley General de Seguridad Social por la Ley 48/2015.

También se modifica  el texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por el Real Decreto legislativo 670/1987, de 30 de abril. Disposición adicional decimoctava. Complemento para la reducción de la brecha de género, en el mismo sentido.

 

El nuevo complemento para reducir la brecha de género se abonará a partir del primer hijo y no solo a partir del segundo como estaba antes; además se contempla que el beneficiario pueda ser el padre si acredita un perjuicio en su carrera profesional vinculado al nacimiento del hijo o hija.

Desde CSIF exigimos que dicho complemento se aplique a todo tipo de pensiones y que se incremente su cuantía para corregir la pérdida retributiva que sufren algunas de ellas y así lo hemos trasladado a todos los grupos parlamentarios en las enmiendas presentadas.

 

Puedes descargarte nuestros trípticos informativos para consultar la información completa.

ARCHIVOS ADJUNTOS

COMPARTIR