Procedimiento de tramitación de los recursos de alzada contra las resoluciones de la CNEAI
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17 de junio de 2022
- Serán revisados por dos personas expertas del campo correspondiente que no pertenezcan a los comités de evaluación
- El plazo de revisión de recursos es del 15 de junio al 13 de julio
Los recursos de alzada que se presenten a las resoluciones desfavorables en la evaluación de sexenios serán asignados de modo individual a una de las personas integrantes de Subpleno de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) y cada uno de ellos será revisado por pares de personas expertas en el campo correspondiente que no pertenezcan a ninguno de los comités evaluadores, según se detalla en las instrucciones para establecer el procedimiento de revisión de recursos, aplicadas ya en la anterior convocatoria.
El proceso a seguir es el siguiente:
1. Cada recurso se asigna a una persona perteneciente al Subpleno de la CNEAI.
2. Lo revisan dos personas expertas, especialistas del campo correspondiente que NO pertenezcan a ningún comité asesor de evaluación de sexenios.
3. Estas dos personas analizan el recurso y elevan su evaluación a la persona de CNEAI responsable del caso para que presente informe individualizado.
4. Los informes son revisados por el Comité de Recursos.
5. La dirección de ANECA, a la luz de los informes revisados y en conformidad con Estatuto de ANECA, resuelve el recurso.
17 de junio de 2022