MODIFICACIÓN REGLAMENTO DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL

  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Policía Local

19 de marzo de 2023

AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

CSIF solicita al Ayuntamiento de Zaragoza la introducción de 2 nuevos artículos en el Reglamento del Cuerpo de la Policía Local de Zaragoza para adecuar y modernizar ciertos aspectos técnicos que han quedado desfasados dada la antigüedad de dicho Reglamento.

 

1ª MOVILIDAD ENTRE UNIDADES CON CARÁCTER ANUAL


Se recoja en el articulado del Reglamento del Cuerpo un proceso de movilidad con carácter anual, independiente de las convocatorias de vacantes que pudieran resultar por el acceso de nuevas promociones, entre los miembros de las Unidades de Policía Local, en concordancia con los artículos 98, 100, 101 y 106 del Reglamento del Cuerpo de la Policía Local de Zaragoza, de acuerdo a las siguientes condiciones generales:
El proceso se desarrollará exclusivamente para las categorías de policía y oficial CONDICIONES GENERALES:
a) El proceso se desarrollará exclusivamente para las categorías de policía y oficial
b) El proceso de movilidad estará supeditado a la existencia de personal que quiera salir de la unidad y de personal que quiera acceder a ella, de manera que cada unidad contará con el mismo número de efectivos una vez finalizado el proceso que los que tenía al iniciarlo.
c) Podrán participar todos aquellos policías que hayan cumplido el plazo mínimo de
permanencia tal cual se regula en el art. 106 del R.C.P.L.Z. en sus actuales destinos en la
fecha de finalización de recogida de solicitudes.
d) Las solicitudes se dirigirán al Departamento de Personal finalizando en la fecha que determine la Jefatura del Cuerpo, (proponiendo este sindicato que sea en el mes de noviembre del año en curso).
e) Las solicitudes contendrán Nombre, Apellidos, Número de Policía, Unidad de destino
actual y las unidades solicitadas, hasta un máximo de dos.
f) En el supuesto de solicitar dos puestos, se expresará obligatoriamente el orden de
preferencia de los mismos, siendo desestimadas las solicitudes que no indiquen dicho
orden de preferencia.

g) Todos los puestos se cubrirán por riguroso orden de escalafón entre las solicitudes
recibidas, respetando siempre el resto de condicionantes que quedan recogidos en estas
condiciones generales.
h) Para el acceso a los puestos de especialidades se estará supeditado a la superación de una prueba de conocimientos mínimos, a la cual se convocará a los candidatos.
i) Para solicitar puesto en la Unidad de Motoristas y Educación Vial será obligatorio estar en posesión del carnet de conducir clase A en vigor, así como el B para el resto de unidades.
j) Puesto que, según recoge el punto b) únicamente se podrá acceder o salir de una unidad en función de que haya coincidencia de peticiones entre al menos dos policías, se iniciará el proceso ordenando las solicitudes por escalafón y las unidades alfabéticamente, tras lo cual se irán ajustando las entradas y salidas en función de las solicitudes y los huecos que éstas generen, hasta que el número de salidas sea coincidente con el de entradas.
k) La adscripción a los ciclos y turnos de las unidades corresponderá a los jefes de las
mismas.
l) Las unidades que podrán participar en el proceso serán las que se enumeran a continuación:
• Grupo 2: Destinos de especialidades. Únicamente las que se establezcan en cada momento por la Orden del Cuerpo que se fijará para cada uno de los procesos.
• Grupo 3: Destinos generales.

2º MODIFICACIÓN OTORGAMIENTO DE LA MEDALLA DE PLATA


En los artículos 156, 157,158 y 163 del Reglamento del Cuerpo de la Policía Local de Zaragoza en su Título VI, se recogen los Premios que pueden otorgarse a los integrantes de la Policía Local de Zaragoza.
De conformidad con lo recogido en los artículos mencionados y dado que desde hace mucho tiempo vienen realizándose muchas intervenciones por miembros de esta policía en servicios destacados. Entendemos que dado el importe económico que conlleva la concesión de la medalla de oro no puedan encuadrarse todas ellas en este apartado, pero tampoco se les puede otorgar la consideración de una simple Felicitación Pública.

En la actualidad no existe una opción intermedia que se ajuste adecuadamente a la realidad para este tipo de intervenciones que implican una mayor entrega e implicación profesional. Sí que existe la concesión de la medalla al mérito profesional en la categoría de PLATA, pero
únicamente a miembros que llevan 25 años de servicio evidenciando una constante entrega y dedicación en el cumplimiento de los deberes de su empleo y cargo, sin constar en su expediente anotación por falta grave o muy grave, como refleja su artículo 163.
Por todo lo anteriormente expuesto CSIF solicita que:
1º Que se proceda a modificar los artículos correspondientes del Reglamento del Cuerpo de la Policía Local de Zaragoza de tal manera que cuando un miembro del mismo obtenga tres felicitaciones o menciones públicas a lo largo de su carrera profesional, éstas automáticamente den origen a la concesión de la medalla de plata con todos sus efectos.
2º Que se tenga en cuenta que dicha solicitud sea además con carácter retroactivo, computándose las Felicitaciones por intervenciones destacadas de los últimos 5 años.


A/A LA CONCEJALA DELEGADA DE POLICÍA LOCAL DE ZARAGOZA

 

 

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