CSIF denuncia ante Inspección de Trabajo la vulneración de los derechos de los bomberos de Barcelona
- Prensa y Comunicación
17 de diciembre de 2024
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) denuncia ante la Inspección de Trabajo el incumplimiento, por parte del Ayuntamiento de Barcelona, del Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, en lo referente a la protección de los trabajadores expuestos a agentes cancerígenos durante su jornada laboral, concretamente en la higiene personal de los bomberos del Ayuntamiento de Barcelona.
Exposición de hechos:
1.- Carácter cancerígeno de la profesión de bombero:
La Asociación Internacional de Investigación sobre el Cáncer (IARC) clasificó en 2022 la profesión de bombero como perteneciente al Grupo 1 de riesgo, debido a su exposición constante a hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAPs), sustancias cancerígenas presentes en los productos de combustión incompleta. Estos agentes pueden ser absorbidos tanto por vía inhalatoria como dérmica.
2.- Derecho a tiempo de higiene personal:
El artículo 6.2 del RD 665/1997 establece que los trabajadores expuestos a agentes cancerígenos tienen derecho a 10 minutos de aseo personal antes de abandonar su jornada laboral. Este tiempo debe computarse como tiempo efectivo de trabajo.
3.-Imposibilidad de cumplimiento por parte de los bomberos de Barcelona:
El horario laboral de los bomberos de Barcelona se organiza en jornadas de 24 horas, de 8:00 a 8:00, sin solapamiento entre turnos. Esto obliga a los bomberos a realizar tareas fuera de su horario laboral, como:
- Entrega de EPIs, linternas y emisoras al turno entrante.
- Recogida y almacenamiento de equipos en zonas "sucias" del parque.
- Cambio de vestuario en zonas "limpias" antes de acceder a las duchas.
Estas actividades requieren más de 20 minutos, lo que impide a los bomberos disponer de los 10 minutos efectivos para su higiene personal, tal y como establece la normativa vigente.
4.- Evaluación de riesgos:
Un informe técnico realizado por SGS Tecnos, S.A., fechado el 15 de julio de 2024, confirma que los bomberos de Barcelona están expuestos a agentes cancerígenos como los HAPs y que las medidas actuales son insuficientes.
5.- Incumplimiento normativo:
A pesar del reconocimiento de estos riesgos, el Ayuntamiento de Barcelona no facilita el cumplimiento efectivo del tiempo de higiene personal debido a la falta de solapamiento entre turnos.
Solicitudes de CSIF:
CSIF solicita a la Inspección de Trabajo que intervenga para garantizar el cumplimiento del artículo 6.2 del RD 665/1997, obligando al Ayuntamiento de Barcelona a proporcionar los 10 minutos de aseo personal dentro de la jornada laboral.
Se propone implementar un solapamiento de 30 minutos entre turnos, permitiendo la gestión de EPIs y el tiempo de higiene personal. Esta medida ya está vigente en otros cuerpos, como en los bomberos del Ayuntamiento de Madrid.
(Se adjunta denuncia)