CSIF gana un conflicto colectivo contra el Ayuntamiento de Casarrubios del Monte, CCOO y UGT por merma de derechos laborales

25 de marzo de 2025

-Las tres partes demandadas trataban de limitar la antigüedad real de los trabajadores para evitar la concesión de días de asuntos propios en una plantilla formada por cerca de 60 trabajadores

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha logrado una sentencia en conflicto colectivo contra el Ayuntamiento de Casarrubios del Monte y las organizaciones sindicales CCOO y UGT debido a la merma de derechos laborales de los empleados municipales al no ver reconocidos el disfrute de días de asuntos propios correspondientes a los trienios computados por antigüedad.

 

En detalle, CSIF denunció en julio del pasado año el incumplimiento del convenio colectivo del personal laboral, publicado el 22 de marzo de 2023, que establece en el apartado de permisos retribuidos los días adicionales de asuntos propios por antigüedad. Los trabajadores vieron cómo se les denegaban estos días debido a que el Ayuntamiento tomó como referencia de concesión a partir del día 19 de septiembre de 2019, fecha de entrada en vigor del primer convenio colectivo del personal laboral de este Ayuntamiento.

 

CSIF entendió desde el primer momento, como así refleja la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Toledo, a 11 de marzo, que debe computarse la antigüedad real según los años de servicios prestados en el Ayuntamiento y no desde 2019. Es más, el convenio de 2023 tenía un complemento de carácter especial para reconocimiento retributivo anterior de 2019, y sin embargo el Consistorio denegaba los días de permiso.

 

Esta resolución, que beneficia a la plantilla de personal laboral, tanto fijos como temporales, compuesta por cerca de 60 de trabajadores, muestra que los empleados municipales pueden disfrutar de seis días laborales al año por asuntos particulares, así como dos días adicionales desde el día siguiente al del cumplimiento del sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.

 

CSIF planteó un conflicto colectivo contra el Ayuntamiento de Casarrubios del Monte, CCOO y UGT debido a que las tres partes demandadas interpretaban el convenio colectivo señalando que se limitaba el cómputo de los trienios. Es más, en diciembre se llevó a cabo un acto de conciliación sin que tuviera efecto.

 

La Central Sindical lamenta que el Ayuntamiento de esta localidad toledana haya obligado a acudir a la vía judicial para reconocer los derechos de sus propios trabajadores. CSIF se enorgullece de manera particular de esta sentencia porque, además de hacer justicia con los empleados municipales, pone en evidencia que otra forma de hacer sindicalismo es posible, atendiendo a la necesaria independencia que deben tener todas las fuerzas sindicales gobierne quien gobierne.

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