Gestión del proceso de admisión del alumnado en los centros docentes de CyL para cursar en el curso académico 2024-2025. BOCYL 12/02/2024.

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12 de febrero de 2024


CURSO 2024-2025

Admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, para cursar en el Curso académico 2024-2025 enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación primaria, Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato y Programas de Formación para la Transición a la vida Adulta.

Se gestionará así mismo,la admisión de primer ciclo de educación infantil cuyos centros tengan continuidad de las enseñanzas (segundo ciclo de educación infantil).

 
 

Información general

 

El proceso de admisión al que nos referimos es el que se aplica al alumnado que pretende cursar enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria , bachillerato y programas de formación para la transición a la vida adulta.

El proceso de admisión han requerido contar con un soporte normativo, y mecanismos que contribuyan a una mayor calidad en la gestión del mismo y, en este sentido, se establece un completo catálogo de principios reguladores del proceso que, además de la garantía de acceso a la enseñanza o la libre elección de centro, incide en la no discriminación, en la igualdad en la aplicación de las normas, en la calidad educativa, en la igualdad de oportunidades y la cohesión social.

La Ley Orgánica2/2006, de 3 de mayo ed Educación (LOE), regula en el título II capítulo III, la escolarización en centros públicos y privados concertados. Este capítulo se ha visto afectado por la modificación que la citada ley orgánica ha efectuado la Ley Orgánica 3/2020, 29 de diciembre (LOMLOE).

En cuanto a disposiciones de carácter general, está constituido por:

  • DECRETO 52/2018, de 27 de diciembre,por el que se regula la admisión en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León,modificado por el DECRETO 32/2021, de 25 de noviembre..(..)
  • ORDEN EDU/70/2019, de 30 de enero, por la que se desarrolla el Decreto 52/2018.. (...) , modificada por la ORDEN 1623/2021, de 22 de diciembre... (...)

+ver apartado de normativa

La gestión del proceso de admisión de cada año se concreta en la Resolución cuyo objetivo general se explicita en su propio articulado, y es concretar las actuaciones que deberán llevarse a cabo para la correcta gestión del próximo proceso de admisión, tanto por el alumnado y familias participantes, como por los demás agentes con participación en el proceso (centros docentes, órganos periféricos, etc.).

 Documento PDF Resolución.Admisión 2024 (1.1 MB) (31 páginas) 
 

Participación en el proceso de admisión.

La participación en el proceso de admisión se realiza de forma diferenciada según el momento y las circunstancias bajo las que se solicite:

Proceso ordinario

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

Del 14 de marzo al 3 de abril de 2024 (hasta las 14:00h)

Periodo comprendido entre la publicación de la Resolución anual por la que se concreta la gestión del proceso y la resolución de adjudicación de plazas.

PERIODO NO ORDINARIO "EXCEPCIONALIDAD"

Admisión del alumnado fuera del proceso ordinario. 2º ciclo de educación infantil, educación primaria, ESO y Bachillerato.
Del 15 de julio al 30 de agosto de 2024 (hasta las 14:00h)

 

-ver apartado-

Procedimiento de admisión en supuestos excepcionales

  • Necesidades excepcionales de escolarización inmediata que se produzca a lo largo del curso escolar y no puedan ser resueltas mediante el proceso ordinario de admisión.
  • Cambio de residencia derivado de actos de violencia de género.
  • Discapacidad sobrevenida.
  • Traslado de la unidad familiar (movilidad forzosa).
  • Incorporación al sistema educativo.
  • Adopción o acogimiento.
  • Convivencia escolar desfavorable.
  • Cambios de centro realizados de oficio por la dirección provincial.

Procedimiento simplificado de cambio de centro para el curso

Enlace tramita Castilla y León. Este enlace se abrirá en una ventana nueva

 
 
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Admisión en Centros que imparten el primer ciclo de educación infantil

(1er ciclo de educación infantil)

 

En el primer ciclo de educación se atiende a niños y niñas desde el nacimiento hasta los 3 años de edad. Se imparte en Escuelas de Educación Infantil, algunas de las cuales son titularidad de la Administración de Castilla y León.

Los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil se orientan a lograr un desarrollo integral y armónico de los niños y niñas, a procurar los aprendizajes que contribuyan y hagan posible dicho desarrollo.

La admisión a enseñanzas de primer ciclo de educación infantil en centros docentes de titularidad de la Administración de la Comunidad de Castilla y León o que participan en la iniciativa de gratuidad de estas enseñanzas, para el curso 2024-2025, está regulada por;

  • Decreto 52/2018, de 27 de diciembre.
  • Orden EDU/95/2022, de 14 de febrero.

A fin de planificar las distintas actuaciones y concretar determinados aspectos de la gestión del proceso de admisión se publica la siguiente Resolución.

 Documento PDF Resolución Admisión 0-3. 2024 (1.1 MB) (25 páginas) 


La necesidad de escolarización inmediata una vez comenzado el curso escolar se gestionará a través de la Dirección Provincial de Educación correspondiente (área de escolarización)

 

Participación en el proceso de admisión.

La participación en el proceso de admisión se realiza de forma diferenciada según el momento y las circunstancias bajo las que se solicite:

Proceso ordinario

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Del 14 de marzo al 3 de abril de 2024 (hasta las 14:00h)

Periodo comprendido entre la publicación de la Resolución anual por la que se concreta la gestión del proceso y la resolución de adjudicación de plazas.

PERIODO NO ORDINARIO "EXCEPCIONALIDAD"

Admisión del alumnado fuera del proceso ordinario. Educación infantil, Educación primaria, ESO y Bachillerato.
 

Del 15 de julio hasta el 30 de agosto de 2024 (hasta las 14.00h)

 

-ver apartado-

Procedimiento de admisión en supuestos excepcionales

  • Necesidades excepcionales de escolarización inmediata que se produzca a lo largo del curso escolar y no puedan ser resueltas mediante el proceso ordinario de admisión.
  • Cambio de residencia derivado de actos de violencia de género.
  • Discapacidad sobrevenida.
  • Traslado de la unidad familiar (movilidad forzosa).
  • Incorporación al sistema educativo.
  • Adopción o acogimiento.
  • Convivencia escolar desfavorable.
  • Cambios de centro realizados de oficio por la dirección provincial.

Procedimiento simplificado de cambio de centro para el curso

LOGOS 0-3
 


 

 
 

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