ACUERDO por el que se modifican e integran centros públicos educativos. BOCYL 26/08/2024.

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26 de agosto de 2024


CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ACUERDO 90/2024, de 22 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se modifican e integran centros públicos educativos.


 

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

D. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ACUERDO 90/2024, de 22 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se modifican e integran centros públicos educativos.

La planificación general en materia de enseñanza no universitaria y la previsión de necesidades para el próximo curso escolar, junto con la exigencia de racionalizar el uso de los recursos públicos, conjugando los objetivos de mejorar la calidad y eficiencia del sistema educativo, obligan a la toma de decisiones que afectan a los centros públicos educativos y que se materializan en el presente acuerdo.

En el ámbito de la educación infantil y primaria, el análisis de los datos de escolarización, así como la previsión de necesidades para el próximo curso escolar, requiere la reorganización de determinados centros públicos existentes en las provincias de Burgos y León, con el objeto de lograr el mejor aprovechamiento y la eficacia en el uso de los recursos disponibles.

El artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece que la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Educación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 22 de agosto de 2024, adopta el siguiente

ACUERDO:

Primero.– Centros de educación infantil y primaria.

1. Se modifican los siguientes centros por adquisición de la condición de colegio rural agrupado e integración en los mismos:

  • a) El colegio público de educación infantil y primaria «Raimundo de Miguel» (código: 09000744) de Belorado (Burgos) adquiere la condición de colegio rural agrupado manteniendo el mismo código y denominación específica, y se integra en él el colegio de educación infantil y primaria «Virgen de la Antigua» (código: 09002251) de Cerezo del Río Tirón (Burgos).
  • b) El colegio público de educación infantil y primaria «Tesla» (código: 09006151) de Trespaderne (Burgos) adquiere la condición de colegio rural agrupado manteniendo el mismo código y denominación específica, y se integra en él el colegio de educación infantil y primaria «San Francisco» (código: 09002583) de Frías (Burgos).

2. Se modifican los siguientes centros por pérdida de la condición de colegio rural agrupado:

  • a) El colegio rural agrupado «La Demanda» (código: 09004798) de Huerta de Rey (Burgos) pierde su condición de colegio rural agrupado, continuando como colegio de educación infantil y primaria, manteniendo el mismo código y denominación específica.
  • b) El colegio rural agrupado «De Puebla de Lillo» (código: 24018362) de Puebla de Lillo (León) pierde su condición de colegio rural agrupado, continuando como colegio de educación infantil y primaria, manteniendo el mismo código y denominación específica.
  • c) El colegio rural agrupado «Marcial Álvarez Cela» (código: 24018507) de Vega de Valcarce (León) pierde su condición de colegio rural agrupado, continuando como colegio de educación infantil y primaria, manteniendo el mismo código y denominación específica.
  • d) El colegio rural agrupado «Villaquilambre» (código: 24018313) de Villaquilambre (León) pierde su condición de colegio rural agrupado, continuando como colegio de educación infantil y primaria, manteniendo el mismo código y denominación específica.

Segundo.– Cese de los centros integrados en un colegio rural agrupado.

Los colegios públicos de educación infantil y primaria integrados en un colegio rural agrupado, en virtud de lo establecido en el presente acuerdo, causarán baja en el Registro de centros docentes de la Comunidad de Castilla y León al término de este curso 2023/2024.

Tercero.– Desarrollo.

Se faculta a la Consejera de Educación para adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Castilla y León, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 22 de agosto de 2024.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco

La Consejera de Educación,

Fdo.: Rocío Lucas Navas

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