UVA. Bolsa de empleo de la categoría laboral de Técnico Especialista en Riesgos Laborales. Convocatoria. BOCYL 17/09/2024.

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17 de septiembre de 2024


UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2024, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la formación de una bolsa de empleo para la cobertura de ofertas de trabajo con carácter temporal, de la categoría laboral de Técnico Especialista en Riesgos Laborales.


I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

B. AUTORIDADES Y PERSONAL

B.2. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2024, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la formación de una bolsa de empleo para la cobertura de ofertas de trabajo con carácter temporal, de la categoría laboral de Técnico Especialista en Riesgos Laborales.

La selección del personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral de la Universidad de Valladolid, para su contratación con carácter temporal, se realiza a través de Bolsas de Empleo de las correspondientes categorías laborales formadas por una relación de aspirantes que han participado en un proceso selectivo de concurrencia pública.

Las funciones de este grupo y categoría laboral son las correspondientes al encuadramiento de categorías que figuran en Anexo I del vigente II Convenio Colectivo –en adelante C.C.– del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León (Resoluciones de 2 de enero de 2007 y 4 de junio de 2013, de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, B.O.C. y L. de 18 de enero de 2007 y 25 de junio de 2003).

Ante la falta de aspirantes disponibles en Bolsa de Empleo de la categoría laboral referida en estos momentos, se hace preciso, de conformidad con el artículo 13 del Reglamento de Creación y Gestión de Bolsas de Empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en las diferentes escalas y especialidades, así como para la contratación de personal laboral temporal de los diferentes grupos, categorías y especialidades de la Universidad de Valladolid (hecho público mediante Resolución del Rectorado de 27 de noviembre de 2017 en el B.O.C. y L. de 4 de diciembre –en adelante, RCGBE–, modificado por RR. de 22 de diciembre de 2020, B.O.C. y L. de 4 de enero de 2021), convocar proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de Empleo de Técnico Especialista Riesgos Laborales.

A la vista de lo anterior, este Rectorado, en uso de las atribuciones que tiene conferidas por los Estatutos de la Universidad de Valladolid, aprobados por Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, de conformidad con el artículo 13 del RCGBE y previa negociación con los representantes de los trabajadores del colectivo de personal técnico, de gestión y de administración y servicios Laboral, resuelve convocar proceso selectivo para la constitución de Bolsa de Empleo de la categoría de Técnico Especialista Riesgos Laborales, de acuerdo con las siguientes bases de la convocatoria.

Bases de la convocatoria

1. Requisitos de participación.

1.1.– Hallarse en posesión de los requisitos generales legalmente establecidos para acceder a la Función Pública como empleado público con contrato laboral. Específicamente, hallarse en posesión de la titulación oficialmente requerida. De conformidad con el nivel de titulación exigido en el vigente C.C., para el acceso a los grupos laborales de pertenencia y las características de la categoría laboral convocada, los requisitos serán los siguientes:

Grupo III: Estar en posesión de Título de Bachiller, Técnico Superior o equivalente o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo, siendo necesario que el título haya sido solicitado en tiempo y forma.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a aquellas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

En su caso, para acreditar la posesión de un título universitario oficial, se tendrá en consideración lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.

1.2.– Para el desempeño de los puestos que se ofrezcan de esta categoría laboral, será obligatorio tener el Requisito de formación específica conforme al artículo 36.2 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de Prevención, o nivel superior según el artículo 37 de dicho Decreto.

1.3.– No podrán participar en este proceso selectivo las personas que pertenezcan a la Universidad de Valladolid como personal laboral fijo de la misma categoría y especialidad que se convoca.

1.4.– Todos los requisitos de participación se deberán poseer a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, por lo que serán excluidos de él aquellas personas que no cumplan con los citados requisitos.

2. Solicitudes.

2.1.– Las solicitudes de participación se dirigirán al Rector de la Universidad de Valladolid y podrán ser presentadas en el plazo de 7 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que aparezca publicada la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

A estos efectos deberá tenerse en cuenta la Resolución del Rectorado de la Universidad de Valladolid, que pueda declarar periodos inhábiles a efectos del cómputo de plazos para las convocatorias y resoluciones de los procesos selectivos y de provisión de puestos de trabajo del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, convocadas por esta Universidad.

2.2.– La presentación de la solicitud con incumplimiento de los requisitos de tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona solicitante.

2.3.– De conformidad con el artículo 2 del Reglamento del sistema de registro de la UVa, hecho público mediante Resolución del Rectorado de 28 de mayo de 2020 (B.O.C. y L. de 8 de junio), las solicitudes de participación serán registradas por el Registro Electrónico General de la UVa.

Obligatoriamente, la presentación de estas solicitudes se efectuará electrónicamente a través de la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es), siguiendo los siguientes pasos:

  • 1.– Elegir la sección «Carpeta Ciudadana».
  • 2.– Desde esta sección elegir una de las cuatro formas de acceso para llegar a la solicitud:
    • – Certificado digital o DNI electrónico
    • – Usuario y contraseña (solo miembros de la comunidad universitaria)
    • – Sistema Clave PIN / Permanente
    • – RUS (Registro Unificado de Solicitantes)
  • 3.– Una vez se haya accedido, se continuará pulsando en «Iniciar Tramite».
  • 4.– Iniciar el procedimiento pulsando en «Procesos selectivos de Personal de Administración y Servicios funcionario y laboral».

Una vez iniciado un expediente de solicitud por cualesquiera de los medios indicados anteriormente sin haber finalizado su tramitación, se podrá continuar en él accediendo a la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid – Carpeta ciudadana (oficina virtual) – Trámites pendientes.

Este procedimiento conlleva el registro electrónico de la solicitud, y además permite:

  • • Cumplimentar en línea el modelo oficial de solicitud.
  • • Anexar la documentación requerida a la solicitud.
  • • El pago electrónico de la tarifa para la participación en el proceso selectivo, mediante tarjeta de crédito.

Deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones generales para la cumplimentación de la solicitud:

1.– Convocatoria

  • • Indique el tipo de convocatoria: marcar recuadro «Oposición».
  • • Denominación de la plaza/Cuerpo/Escala. Señale «Técnico Especialista».
  • • Especialidad: «Riesgos Laborales».
  • • Turno de acceso. «Sin turno de acceso».
  • • Provincia de examen. Señale «Valladolid».
  • • Discapacidad (casilla de verificación): Marcar por quienes tengan la condición de personas con discapacidad.
  • • Discapacidad (En caso afirmativo, adaptación que se solicita y motivo de la misma). Indicar según el caso y reseñar, asimismo la Comunidad Autónoma responsable del reconocimiento de la discapacidad.
  • • Título académico del aspirante. Señale la titulación que posee.
  • • Datos a consignar según la convocatoria.
    • – Recuadro A: Indique la administración competente responsable de la expedición del título acreditativo de familia numerosa, la categoría de la misma (general o especial) y el número de identificación del título.
    • – Recuadro B: Si tiene reconocida la condición de «víctima del terrorismo», indicar «VT».
    • – Recuadro C: Si posee la condición de discapacitado por causa de ser pensionista de la Seguridad Social con reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionista de clases pasivas con reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, indicar, según el caso, «DIS SS» o «DIS CP», respectivamente.
  • • Indicar los campus territoriales correspondientes a las posibles ofertas de trabajo, con carácter temporal, que se compromete a aceptar según se relacionan a continuación. En el caso de no cumplimentar este campo, se entenderá que la persona solicitante opta a las ofertas de cualquiera de los campus.
  • «VALLADOLID» / «PALENCIA» / «SEGOVIA» / «SORIA»

2.4.– El Servicio encargado del personal técnico, de gestión y de administración y servicios solicitará la verificación de la condición de discapacidad de las personas participantes presentadas al proceso selectivo y, en caso positivo, solicitará informe técnico a la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León o a los órganos competentes en materia de Servicios Sociales sobre la necesidad o no de la adaptación solicitada por las personas aspirantes admitidas para la realización de la prueba selectiva.

2.5.– Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

2.6.– Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.1 para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

2.7.– El pago se realizará exclusivamente de forma electrónica, a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid, según el procedimiento establecido en la base 3.3. De conformidad con lo establecido en el Presupuesto de la Universidad de Valladolid (Resolución del Rectorado de 16 de marzo de 2023, por la que se acuerda la publicación de su Presupuesto para el ejercicio económico 2023, B.O.C. y L. núm. 56 de 22 de marzo de 2023), los derechos de examen serán de 10 euros.

En ningún caso el abono de los derechos para participar en el proceso selectivo supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud según lo expresado en la presente base. La omisión del pago de las cantidades para participar en el proceso selectivo dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante. No obstante, podrá subsanarse el pago incompleto de dicha tasa o la falta de acreditación de su exención total o parcial.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, no procederá devolución alguna de la tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa imputable al participante.

Quienes tengan la condición de personas con discapacidad, siendo ésta igual o superior al 33 por ciento, estarán exentos de las correspondientes tasas de participación al proceso selectivo.

Las víctimas del terrorismo, que tengan reconocida tal condición de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, estarán exentos de las correspondientes tasas de participación al proceso selectivo. La condición de víctima del terrorismo se alegará en el campo «recuadro B».

Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se alegará en el campo «recuadro A» de la solicitud de participación, indicándose la administración competente responsable de la expedición del título acreditativo, la categoría de la misma (general o especial) y el número de identificación del título.

2.8.– A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

Las personas aspirantes que en la instancia de participación no autoricen a la Universidad de Valladolid a consultar datos con otras administraciones, a fin de verificar sus datos de identidad y, en su caso, la condición de discapacidad, víctima del terrorismo y familia numerosa, tendrán que presentar junto a la solicitud, copia del D.N.I. o equivalente documento acreditativo de identidad y copia de la correspondiente documentación acreditativa del reconocimiento de estas condiciones anteriormente señaladas, sin perjuicio de que al final del proceso selectivo pudiera serle requerido para su definitiva verificación esta documentación original o autenticada.

3. Publicidad y comunicaciones.

Una vez publicada la presente convocatoria en el B.O.C. y L., ésta se hará pública en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid (https://sede.uva.es, en los apartados «Tablón electrónico de anuncios»/»PAS»). En este mismo lugar se publicarán todos aquellos acuerdos y resoluciones referentes a esta convocatoria.

Asimismo, con el objeto de ampliar la difusión del presente concurso-oposición, la convocatoria, listas de admitidos y excluidos, acuerdos públicos de los Tribunales y las resoluciones de los distintos órganos de la Universidad en relación con el proceso selectivo, se incluirán a efectos informativos dentro de la página Web de la Universidad de Valladolid: www.uva.es, en las secciones «LA UVA», «EMPLEO».

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universidad (Casa del Estudiante, C/ Real de Burgos s/n, 47011, Valladolid. Tlf.983 184708 – correo electrónico: seccion.plantillas.pas@uva.es).

4. Aspirantes admitidos.

4.1.– En el plazo máximo de un mes, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, se harán públicas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, publicación en la que figurará además el lugar, fecha y hora de celebración del ejercicio. Las personas aspirantes excluidos u omitidas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar a partir del siguiente a la citada publicación, para subsanar el motivo que hubiera originado su exclusión u omisión de las listas de admitidos.

Finalizado el plazo para la presentación de las solicitudes de subsanación, se hará pública la resolución que eleve a definitivas las listas de personas aspirantes admitidas y excluidas.

No obstante, en el caso de aquellas que hubiesen solicitado la subsanación en plazo y esta no hubiera sido resuelta antes de la realización de la prueba, serán admitidas a la realización de la misma, quedando la calificación de sus ejercicios condicionada a la admisión definitiva al proceso selectivo.

4.2.– La presentación de estas solicitudes de subsanación se efectuará por vía electrónica, cumplimentando el modelo de «Solicitud General» disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid en la dirección (https://sede.uva.es», en la que habrá de seleccionarse consecutivamente, «Registro electrónico», «Solicitud General», iniciando el acceso mediante una de las cuatro formas indicadas en la base II).

5. Procedimiento de selección.

5.1.– Único ejercicio: Se celebrará en una única sesión de manera simultánea para todas las personas aspirantes admitidas a la prueba en la que se deberá contestar por escrito un cuestionario integrado por preguntas de carácter teórico-práctico. Esta prueba consistirá en contestar un cuestionario con un máximo de 100 preguntas de tipo test (con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta). Las preguntas contestadas incorrectamente serán objeto de penalización a razón de 1/3 del valor de cada pregunta por cada respuesta errónea. Las preguntas no contestadas no penalizarán. Todo el contenido del cuestionario estará relacionado con el temario establecido en el Anexo I de la presente Resolución y dirigido a apreciar la idoneidad de las personas aspirantes para el desempeño de las tareas propias de la categoría laboral convocada.

5.2.– El ejercicio se calificará de 0 a 100 puntos siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 50 puntos. El tiempo que podrá otorgar el Tribunal a los aspirantes para la realización de la prueba será como máximo de 90 minutos.

Corresponderá al Tribunal la fijación del nivel mínimo de aptitud necesario para ser calificado con 50 puntos, todo ello a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto, número de aspirantes presentados y grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel necesariamente exigible para el desempeño de la categoría laboral de referencia.

5.3.– Si el Tribunal así lo decide, la prueba teórico-práctica podrá ser distinta a lo indicado anteriormente, siendo indicada tal circunstancia en la resolución por la que se hagan públicas las listas de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo.

5.4.– Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cuatro días, desde el siguiente a la realización del ejercicio o del siguiente a la publicación de las soluciones, en el caso de que la prueba sea tipo test, para plantear reclamaciones contra las preguntas formuladas o, en su caso, sobre las respuestas a éstas declaradas como correctas que hayan sido publicadas por el Tribunal. Dichas reclamaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, al Presidente del Tribunal. Examinadas las posibles reclamaciones, el Tribunal procederá a corregir el correspondiente ejercicio del proceso selectivo. El Tribunal indicará, en su caso, en la relación de aspirantes aprobados, las modificaciones efectuadas en base a las alegaciones planteadas. La presentación de estas solicitudes de reclamación se efectuará del modo indicado en la base II, teniéndose en cuenta que para su presentación por vía electrónica deberá cumplimentarse bajo el modelo de «Solicitud General» disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid, en la dirección indicada en la base IV de la convocatoria.

6. Tribunal.

6.1.– Estará formado, de conformidad con el vigente II Convenio Colectivo y con sujeción a lo establecido en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (B.O.E. de 31), por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidente: Manuel Pérez Belver. Secretaria: Olga Pérez Salamanca. Vocal: María Dolores Miñambres del Moral. Vocal: María Consuelo Rodríguez Domínguez. Vocal: Eduardo José Villalobos Galindo. Vocal: José Ignacio Montaña Salán.

Suplentes:

Presidenta: Áurea Paloma Modroño Vázquez. Secretaria: Cristina Sastre Blanco. Vocal: Elena Peralta García. Vocal: Beatriz Bombín Granado. Vocal: Alberto Morala Sanz Vocal: Juan Carlos Diego Calva.

 

6.2.– El Rector, a propuesta efectuada por la presidencia del Tribunal, podrá designar, en su caso, personal asesor especialista. Dicho personal asesor se limitará a informar respecto de las pruebas y méritos relativos a su especialidad. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser nombrado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal Calificador.

6.3.– El Tribunal podrá contar en la confección de las pruebas con la colaboración de empresas especializadas o personal técnico cualificado, cuando el número de aspirantes presentados a las pruebas u otras circunstancias así lo aconsejen.

6.4.– Las personas miembros del Tribunal y, en su caso, el personal colaborador y asesor especialista, tendrán derecho a la percepción de las indemnizaciones que correspondan por asistencia, de acuerdo con el capítulo V del Decreto 252/1993, de 21 de octubre, de la Junta de Castilla y León, sobre indemnizaciones por razón del servicio. A estos efectos, el Tribunal tendrá la categoría segunda.

7. Resolución del proceso.

7.1.– El Tribunal hará público en el lugar indicado en la base 3, el acuerdo por el que se hace pública la relación de aspirantes que han superado la prueba selectiva. El resto de aspirantes que no figuren en esta relación se considerará que no han superado el proceso selectivo y por tanto se considerarán excluidos de la Bolsa de Empleo. Asimismo, el Tribunal elevará al Rector la propuesta para la constitución de la correspondiente Bolsa de Empleo a favor de aquellas personas aprobadas, por orden de puntuación y, en el caso de empate, por el orden resultante una vez dirimidos estos de la manera indicada en el párrafo siguiente.

7.2.– En el caso de que la prueba consista en contestar un cuestionario de tipo test, la igualdad en la puntuación total obtenida se resolverá por el menor número de errores cometidos. De persistir los empates y para el resto de casos en igualdad de puntuación total obtenida, éstos se resolverán por sorteo.

7.3.– El Rector a la vista de la propuesta del Tribunal, dictará resolución final en la que se hará constar el orden de prelación obtenido. Esta Resolución pondrá fin al procedimiento de selección.

8. Norma Final.

8.1.– La motivación de los actos del Tribunal Calificador se ajustará a las bases de la convocatoria y al cumplimiento de las mismas. Los actos administrativos que se deriven de la presente resolución y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnados por las personas con la condición de interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas –en adelante LPACAP–. Las personas aspirantes por el hecho de participar en la presente prueba selectiva, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas, en todo lo no previsto en las bases.

Asimismo, cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por las personas con la condición de interesados en los casos y en las formas establecidos en la LPACAP.

8.2.– Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse demanda ante los Juzgados de lo Social de Valladolid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Valladolid, 6 de septiembre de 2024.

El Rector,(Por delegación, RR de 09/05/2022, B.O.C. y L. del 18/05/2022) El Gerente,

Fdo.: Mariano Gredilla Fontaneda

ANEXO I

GRUPO: III

CATEGORÍA: TÉCNICO ESPECIALISTA

ESPECIALIDAD: RIESGOS LABORALES

BLOQUE I: MATERIAS JURÍDICAS-ADMINISTRATIVAS

Tema 1.– Los Estatutos de la Universidad de Valladolid (I): Título Preliminar. Títulos I, II, III y IV.

Tema 2.– Los Estatutos de la Universidad de Valladolid (II): Títulos V, VI VII, VIII, IX, X y XI. Disposiciones adicionales, transitorias. Disposición derogatoria única. Disposición final única.

Tema 3.– El II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León.

Tema 4.– Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Tema 5.– La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito; el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación; principios generales de las políticas públicas para la igualdad; el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades.

BLOQUE II: MATERIAS ESPECÍFICAS

Tema 6.– Plan de Prevención, integración y organización de la Prevención de Riesgos Laborales en la Universidad de Valladolid (Política, Organización de la Prevención, procedimientos y procesos). Consulta y participación de los trabajadores en materia de seguridad y salud laboral: El deber de consulta del empresario. Derechos y obligaciones de los trabajadores. Los delegados de prevención. El Comité de Seguridad y Salud.

Tema 7.– Integración de la PRL, calidad de los SPA y simplificación documental.

Tema 8.– Concepto de Condiciones de Trabajo.

Tema 9.– Las Disciplinas Preventivas.

Tema 10.– Real Decreto 486_1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Tema 11.– El riesgo de incendio: elementos para que se inicie un fuego, propagación del fuego, clasificación de los fuegos, prevención de incendios, sistemas de protección pasiva, sistemas de protección activa. Planes de emergencia y evacuación en edificios universitarios.

Tema 12.– Utilización de equipos de trabajo, la certificación CE, la declaración de conformidad CE y el marcado CE.

Tema 13.– Riesgos debidos a la electricidad: trabajos sin tensión; trabajos con tensión; maniobras, ensayos, verificaciones y mediciones; trabajos en proximidad; trabajos en emplazamientos con riesgos de incendio o explosión.

Tema 14.– Riesgos por Atmósferas Explosivas (ATEX).

Tema 15.– Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Aplicación en laboratorios de investigación y en laboratorios docentes, incluido el almacenamiento de productos químicos en laboratorios, medidas de protección colectiva e individual, procedimientos de trabajo y gestión de residuos.

Tema 16.– Protección de la salud y seguridad de los trabajadores por exposición a agentes cancerígenos o mutagénicos. Aplicación en laboratorios de investigación y en laboratorios docentes, y otras actividades vinculadas a la docencia e investigación, incluido el almacenamiento de productos químicos en laboratorios, medidas de protección colectiva e individual, procedimientos de trabajo y gestión de residuos.

Tema 17.– Protección de la salud y seguridad de los trabajadores por exposición a agentes biológicos. Aplicación en laboratorios de investigación y en laboratorios docentes, y otras actividades vinculadas a la docencia e investigación, diferentes tipos de niveles de bioseguridad, medidas preventivas individuales, colectivas y procedimientos de trabajo para el tratamiento de muestras, transporte, conservación y gestión como residuo.

Tema 18.– Protección de la salud y seguridad de los trabajadores por exposición a riesgos derivados de agentes físicas: riesgos derivados de campos electromagnéticos, radiaciones ópticas artificiales, ruido.

Tema 19.– Seguridad y de salud para la utilización por los trabajadores en el trabajo de equipos de protección individual.

Tema 20.– Ergonomía en el trabajo.

Tema 21.– Influencia del ambiente térmico, la iluminación, la calidad del aire y del ruido en los lugares de trabajo. El confort y disconfort en el puesto de trabajo. Adopción de medidas correctoras. Las condiciones ambientales en los lugares de trabajo, según el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril. y posteriores modificaciones relacionadas.

Tema 22.– Trabajos con pantallas de visualización de datos.

Tema 23.– Factores de: riesgo psicosocial. Concepto y caracterización. Clasificaciones de factores de riesgos psicosocial. Factores de riesgo relativos a las nuevas formas de organización el trabajo y el uso de tecnologías de la información y comunicación (TIC). Efectos de la exposición a factores de riesgo psicosocial. efectos sobre las personas: las consecuencias psíquicas, fisiológicas y sociales. Efectos sobre las organizaciones y visión a través de indicadores: absentismo, siniestralidad y pérdida de competitividad. Otras consecuencias: motivación, satisfacción laboral y engagement.

Tema 24.– El Trabajo como determinante de la salud. La promoción de la salud en el trabajo: concepto y principios de actuación.

Tema 25.– La formación y la información de los trabajadores expuestos a riesgos profesionales.

 

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