Resumen del Real Decreto de Acceso a la Vía Extraordinaria al Título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias (MUE)

  • Normativa
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Médicos

Requisitos para el Acceso al Título

Acceso Directo:

  • Perfil: Médicos especialistas en Ciencias de la Salud y médicos habilitados para la Medicina General o de Familia.
  • Experiencia: Mínimo de cuatro años de ejercicio profesional en los siete años previos a la entrada en vigor del Real Decreto.
  • Lugar de Trabajo: Centros sanitarios C.1.1 (hospitales generales con varias especialidades) con unidad asistencial U.68 (urgencias) o centros C.2.5.7 (centros móviles de asistencia sanitaria) con unidad asistencial U.100 (transporte sanitario). Que su jornada ordinaria esté vinculada a urgencias hospitalarias o extrahospitalarias.

Acceso Tras Superación de Prueba Práctica:

  • Experiencia: Entre dos y cuatro años de ejercicio profesional en los cuatro años anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto.
  • Prueba Práctica: Obligatoria si no se cumplen los cuatro años requeridos para el acceso directo.
  • Recientes Especialistas: Aquellos que finalizaron su formación en los tres años previos al Real Decreto y tienen al menos el 50% de experiencia profesional desde la obtención del título.

Procedimiento de Solicitud:

Administración Electrónica:

  • Solicitud: A través de la Sede electrónica del Ministerio de Sanidad, con un certificado electrónico válido.
  • Certificación: Debe incluir el certificado de ejercicio profesional.

Plazos de Presentación:

  • Escalonado: Basado en el mes de nacimiento del solicitante, con un plazo de 15 días naturales para cada grupo.
  • Cronograma:
    • Grupo 1 (Enero):
      • Fecha inicio: Publicación en BOE + 3 meses
      • Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
    • Grupo 2 (Febrero):
      • Fecha inicio: Publicación en BOE + 3 meses y 15 días
      • Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
    • Grupo 3 (Marzo):
      • Fecha inicio: Publicación en BOE + 4 meses
      • Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
    • Grupo 4 (Abril):
      • Fecha inicio: Publicación en BOE + 4 meses y 15 días
      • Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
    • Grupo 5 (Mayo):
      • Fecha inicio: Publicación en BOE + 5 meses
      • Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
    • Grupo 6 (Junio):
      • Fecha inicio: Publicación en BOE + 5 meses y 15 días
      • Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
    • Grupo 7 (Julio):
      • Fecha inicio: Publicación en BOE + 6 meses
      • Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
    • Grupo 8 (Agosto):
      • Fecha inicio: Publicación en BOE + 6 meses y 15 días
      • Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
    • Grupo 9 (Septiembre):
      • Fecha inicio: Publicación en BOE + 7 meses
      • Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
    • Grupo 10 (Octubre):
      • Fecha inicio: Publicación en BOE + 7 meses y 15 días
      • Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
    • Grupo 11 (Noviembre):
      • Fecha inicio: Publicación en BOE + 8 meses
      • Fecha fin: Fecha inicio + 15 días naturales
    • Grupo 12 (Diciembre):
      • Fecha inicio: Publicación en BOE + 8 meses y 15 días
      • Fecha fin: Fecha inicio + 15 días

Documentación Necesaria:

  • Certificación Profesional: Emitida por la Consejería/Departamento de Sanidad de la comunidad autónoma o el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
  • Contenido del Certificado: Periodo de autorización del centro sanitario, fechas de inicio y fin de los servicios prestados, dedicación horaria y actividades realizadas, con identificación del Código Nacional Normalizado (CCN).

Resolución de la Solicitud:

Evaluación:

  • La Dirección General de Ordenación Profesional evaluará la solicitud con base en el informe-propuesta de la Comisión Nacional y, si es necesario, los resultados de la prueba práctica.

Expedición del Título:

  • Si se resuelve favorablemente, se expedirá el título de especialista con fecha de efectos uniforme para todas las solicitudes presentadas en la misma vía de acceso.

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