¿Has sufrido un accidente laboral o una enfermedad profesional?

12 de febrero de 2025

CSIF te guía en el procedimiento de denuncia y en los derechos que te asisten. Esta campaña es una forma de informar y concienciar a todos los trabajadores de la importancia de la prevención en los centros de trabajo para proteger su salud.

¿Qué es un accidente laboral?

Es toda lesión corporal que la persona trabajadora sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. Se presumirá, salvo prueba de lo contrario, que son constitutivas de accidentes de trabajo las lesiones sufridas durante el tiempo y en el lugar de trabajo, relación entre lesión y trabajo.

 

Otros tipos de accidentes

  • Accidente in Itínere

Son los que ocurren al ir o volver del trabajo. Durante el trayecto habitual, sin interrupciones.

  • Accidente en misión

Accidente sufrido en el trayecto que tenga que realizar para el cumplimiento de la misión, así como el acaecido en el desempeño de la misma dentro de la jornada laboral.

  • Enfermedades relacionadas con el trabajo.

Las enfermedades que contraiga la persona trabajadora con motivo de la realización de su trabajo, probándose que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la realización del mismo y no esté catalogada como enfermedad profesional.

 

Derechos a prestaciones que pueden reconocerse por un accidente laboral


Asistencia sanitaria

• Tratamiento médico - quirúrgico.

• Rehabilitación hasta restablecer su salud.

• Prescripciones farmacéuticas.
 

Prestaciones económicas

• Reclamar daños y perjuicios.

• Remuneración por futuras secuelas.

• Que se evalúen correctamente los riesgos

• Que no vuelva a ocurrir.

• Que la Administración asuma su responsabilidad

 

Normativa

• L.P.R.L.

• L.G.S.S.

• Orden 22/1997 de funcionamiento de Mutuas de accidentes de trabajo y Enfermedades Profesionales en actividades de PRL.

• Orden ISM/2/2023 de gestión y control de procesos de Incapacidad Temporal.

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