Pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid

13 de septiembre de 2024

Primero

Plazas convocadas

Ampliar en ciento veinticinco el número de plazas convocadas por la Orden 2780/2023, de 10 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 283, de 28 de noviembre; corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 22, de 26 de enero de 2024), siendo doscientas sesenta y siete el total de las plazas objeto de convocatoria, para su provisión por el sistema de acceso libre.

Segundo

Solicitudes y plazo de presentación

1. Habilitar un nuevo plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo de referencia de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. Las personas interesadas que, a la vista de esta ampliación de plazas, deseen participar en las citadas pruebas selectivas, deberán cumplimentar y presentar su solicitud de conformidad con lo dispuesto en las bases segunda, tercera y cuarta de la Orden 2780/2023, de 10 de noviembre.

3. No será necesario que presenten nueva solicitud de participación en estas pruebas selectivas aquellas personas aspirantes que, en la forma y en el plazo establecidos en la Orden 2780/2023, de 10 de noviembre, ya hayan presentado la correspondiente solicitud de inscripción.

Tercero

Modificación de la Orden 2780/2023

1. Proceder a la modificación del enunciado del tema 8, incluido en el Bloque I, “Legislación”, del programa de la oposición que figura como Anexo I de la Orden 2780/2023, de 10 de noviembre, debiendo dicho tema quedar redactado en los siguientes términos: “8. Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil”.

2. Las disposiciones contenidas en el apartado segundo de la base segunda, así como en el último párrafo del Anexo I de la Orden 2780/2023, de 10 de noviembre, habrán de entenderse referidas al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes habilitado por esta Orden. 3. A la vista del número global de plazas convocadas en las indicadas pruebas selectivas como consecuencia de la ampliación realizada por la presente Orden, la mención recogida en el apartado tercero, punto cuarto, de la base séptima de la Orden 2780/2023, de 10 de noviembre, deberá considerarse efectuada a las personas aspirantes que, habiendo superado el tercer ejercicio, alcancen las 267 mejores calificaciones resultantes de la suma de las puntuaciones obtenidas en la totalidad de los ejercicios superados.

Cuarto

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de acuerdo con lo determinado en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto.

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