Resumen CSIF mesa sectorial 14/1/2025. Constitución de listas de espera extraordinarias de determinadas especialidades de los cuerpos docentes no universitarios.

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14 de enero de 2025

RESUMEN CSIF MESA SECTORIAL DE PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO

DE MARTES 14 DE ENERO DE 2025

Asisten por parte de la Administración la Secretaria General de Educación; el Director General de Personal Docente; el Jefe de Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente; Asesores Técnicos Docentes; representantes de CSIF y del resto de sindicatos.

ORDEN DEL DÍA:

Punto uno: Resolución de ------- de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento para la constitución de listas de espera extraordinarias de determinadas especialidades de los cuerpos docentes no universitarios.

 

APORTACIÓN 1

Base II. Requisitos de las personas aspirantes.

2.2.3. Formación pedagógica y didáctica.

 

Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas: (no se les debe exigir, al igual que en las oposiciones).

De acuerdo con lo que se establece en la disposición transitoria primera, apartado 3, del Real Decreto 276/2007, hasta que no se regule para cada enseñanza la formación pedagógica y didáctica establecida en el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, no se exige esta formación a los aspirantes al ingreso en el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.

 

La Administración da la razón a CSIF y acepta la propuesta. También se incluye el Cuerpo de Artes Plásticas.

 

 

 

 

APORTACIÓN 2

2.2.4. Superación de prueba práctica.

Las personas aspirantes que concurran al ingreso en listas de espera extraordinarias a la especialidad de Diseño de Interiores del Cuerpo 595, así como las especialidades del cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, deberán superar una prueba de carácter práctico que se será regulada por Resolución de la Dirección General de Personal Docente.

Exclusivamente ingresarán en la lista de espera extraordinaria de Diseño de Interiores los aspirantes que cumplan con este requisito. 

Sólo para Diseño de Interiores ¿y para Sectores singulares?

Dados los precedentes, véase las últimas listas extraordinarias generadas por:

 

Para evitar que estas listas se conviertan en “ficticias”, consideramos oportuno que en todas las especialidades se realice una prueba, conforme a los artículos 2.2.c y 23.2 del Decreto 51/2019.

Por ejemplo, para agilizar el procedimiento, para el resto de especialidades convocadas se podría realizar un cuestionario de preguntas tipo test con las respuestas alternativas que se determinen (de las que sólo una de ellas será correcta, y con sus preguntas de reserva).

La administración responde que habrá prueba práctica en los Cuerpos 595 y 598.

No acepta realizar pruebas en todas las especialidades. La idea es hacer una prueba de tipo escrito que no sea muy exigente. El objetivo es su superación para entrar en las listas.

 

 

APORTACIÓN 3

Base III. Solicitudes.

El acceso a la solicitud de participación se realizará obligatoriamente mediante cualquiera de las opciones de identificación a través de cl@ve que la solicitud telemática ha dispuesto, permitiendo recuperar y ser aportado de oficio la siguiente información, siempre que la Dirección General de Personal Docente disponga de ellos y se muestre al realizar la solicitud:

Se acepta la propuesta, aunque ya se hace; la Administración acepta incluir la frase.

 

APORTACIÓN 4

4.2.2. Criterios de desempate.

En el último criterio, ¿Cuándo se realiza el sorteo de la letra?

La Administración responde que depende de función pública (suele ser en febrero).

 

APORTACIÓN 5

ANEXO I

ESPECIALIDADES CONVOCADAS

Desde CSIF solicitamos que se incluyan también todas aquellas especialidades que han sido utilizadas en llamamientos urgentes a pesar de ser convocadas a la oposición de 2025:

Cuerpo 590 PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA

012 ALEMÁN

107 INFORMÁTICA

113 ORGANIZACIÓN Y PROYECTOS SISTEMAS ENERGÉTICOS

116 PROCESOS EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA

118 PROCESOS SANITARIOS

125 SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMÁTICOS

206 INSTALACIONES ELECTROTÉCNICAS

227 SISTEMAS Y APLICACIONES INFORMÁTICAS

229 TÉCNICAS Y PROCEDIM. DE IMAGEN Y SONIDO

Cuerpo 592 PROFESORES ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS

008 FRANCÉS

012 ITALIANO

Cuerpo 594 PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS

406 CONTRABAJO

410 FLAUTA TRAVESERA

419 OBOE

429 TUBA

434 VIOLONCELLO

442 CARACTERIZACIÓN E INDUMENTARIA

 

Cuerpo 595 PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO

512 DISEÑO GRÁFICO

520 MATERIALES Y TECNOL.: DISEÑO

 

Ante la insistencia de CSIF, la Administración responde que estudiarán convocar más especialidades; aunque la respuesta inicial es que no se van a convocar más especialidades. Las convocadas son las que pueden asumir. Se incluirán las siguientes:

 

107 INFORMÁTICA

125 SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMÁTICOS

206 INSTALACIONES ELECTROTÉCNICAS

227 SISTEMAS Y APLICACIONES INFORMÁTICAS

 

 

APORTACIÓN 6

ANEXO III

BAREMO

 

En documentos justificativos, segundo párrafo ap. 1.1 y 1.2: añadir para aclarar:

En el caso de que la docencia se haya desempeñado en el primer ciclo de Educación Infantil en centros públicos, deberá presentarse “Certificado emitido por el órgano competente en gestión de personal de esa Consejería, donde conste la fecha de inicio y fin de la relación laboral, ….

Se acepta.

APORTACIÓN 7

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

APARTADO 1. EXPERIENCIA DOCENTE PREVIA Corregir

4. Para que la docencia ejercida en centros docentes de cualquier Comunidad Autónoma, de titularidad pública o privada donde se imparta el primer ciclo de la Educación Infantil, sea valorada como experiencia docente, en el apartado del Baremo correspondiente, es imprescindible que la persona interesada haya sido contratada en calidad de “Maestro” y que el centro educativo esté debidamente autorizado para impartir este tipo de enseñanza e  inscrito en el Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma donde se ubique el mismo.

Se acepta.

 

OTRAS CUESTIONES:

  • La convocatoria será previsiblemente a principios de febrero, y se resolverán durante este curso. La idea es que empiecen a funcionar en septiembre.
  • Habrá prueba práctica en las especialidades de los Cuerpos 595 y 598.
  • CSIF exige que se nos informe de las novedades en la resolución por la que se actualizan las titulaciones que habilitan para el desempeño de puestos en régimen de interinidad, que ha sido publicada en DOE en el día de hoy.
  • Se incluirá en la convocatoria la necesidad de participar, aunque el aspirante ya sea integrante de lista extraordinaria; estas nuevas listas suponen la derogación de las actuales.
  • Dentro de la Resolución se incluirán aspectos técnicos de la prueba.
  • Aunque se soliciten varias especialidades, se realizará una única solicitud. Siendo la válida la última presentada.

 

El DECRETO DE INTERINOS SE TRABAJARÁ EN SUCESIVAS MESAS TÉCNICAS; CSIF PLANTEA ALGUNAS MEJORAS:

APORTACIONES GENERALES DE CSIF AL DECRETO DE INTERINOS COMO PUNTO DE PARTIDA PARA MEJORARLO

  • Todas las plazas sean voluntarias o en su defecto ampliación del nº de zonas.
  • Solicitamos que se derogue el Decreto 122/2012 sobre la obligatoriedad de estar en activo 280 días para cobrar y puntuar los meses de verano.
  • Que no haya límite en la experiencia docente en centros públicos (apartados 1.1 y 1.2) a efectos de criterios de desempate .
    - Discapacidad: Aplicación reserva de plazas para todas las listas (ordinarias, supletorias y extraordinarias conforme al Decreto 111/2017)
  • En la adjudicación de verano deberían participar tanto las listas supletorias como las extraordinarias, ya que hay especialidades que se agotan en el mismo verano, y tardan en cubrirse el primer día lectivo.

 

  • Que las personas que no presenten solicitud en la adjudicación inicial sean relegadas

 

  • Mejora del sistema de llamamientos:

 

    • Modificar los llamamientos a los lunes y miércoles, con incorporación el miércoles y viernes.
    • Que se incorporen a la lista de convocados los aspirantes cesados el día anterior.

 

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