Ambito Ministerio: CSIF exige al Ministerio que cumpla con la normativa vigente en materia de dotación de mascarillas

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5 de mayo de 2022

Actualización 6 de mayo: Actualización del documento de Sanidad, "Procedimientos para los servicios de prevención de riesgos en materia de prevención de la COVID 19"

Según ha podido saber CSIF el Ministerio está pensando en dejar de dotar de EPIS en las próximas fechas.  En un escrito remitido a la Dirección General del Servicio Público de Justicia, CSIF ha manifestado que no se puede tomar esa decisión al margen de lo que dice la normativa vigente.

 

El RD 286/2022 establece que su uso no es obligatorio, aunque sí recomendable en el entorno laboral siendo los servicios de prevención los que deben adoptar medidas tras haber realizado una evaluación de los puestos de trabajo. CSIF ha presentado a través de los Comités de Seguridad y Salud la petición para que así se haga.

 

La Unidad Central de Prevención del Ministerio sin realizar esa evaluación difundió un documento de “recomendaciones” sobre el uso de la mascarilla estableciendo donde y cuando era “recomendable” usarlas.

 

Más allá de que el Ministerio debe hacer esa evaluación de puestos, el mero hecho de establecer una serie de supuestos en los que la mascarilla es “recomendable” supone que el Ministerio que existen una serie de lugares o de momentos en los que existe un riesgo para la salud de contagio de COVID 19.

 

Si a eso unimos la obligación de las Administraciones públicas (art. 14.1 de la Ley de prevención de riesgos laborales) de tomar medidas para proteger la salud de sus trabajadores frente a posibles riesgos, debemos concluir que el Ministerio o cualquier administración deben garantizar el suministro de mascarillas.  

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En el día de hoy 6 de mayo, se ha remitido un segundo escrito recordando al Ministerio que en el documento de Sanidad, "Procedimientos para los servicios de prevención de riesgos en materia de prevención de la COVID 19" se establece lo siguiente: 

"Cualquier toma de decisión sobre las medidas preventivas a adoptar en cada empresa deberá basarse en información recabada mediante la evaluación del riesgo de exposición, que se realizará siempre en consonancia con la información aportada por las autoridades sanitarias y en el marco legal de la prevención de riesgos laborales. En este proceso, se consultará a los trabajadores y se considerarán sus propuestas."

En consecuencia, el Ministerio debe responder y realizar dichas evaluaciones de riesgo, en vez de limitarse a dejar todo a la "autorregulación". y a las "recomendaciones". 

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