Reanudación del cómputo de plazos en la presentación de solicitudes de personas afectadas por la DANA.

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26 de diciembre de 2024

REANUDACIÓN DEL CÓMPUTO DE PLAZOS EN LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES para personas participantes que acrediten encontrarse en algunas de las situaciones previstas conforme al Acuerdo de Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024 y al Real Decreto-Ley 6/2024 de 5 de noviembre (punto primero de la Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría).

  • Plazo de presentación de solicitudes
    • ​Desde el 26 de diciembre de 2024
    • Hasta el 13 de enero de 2025
  • Registro de la solicitud
    • ​A través del registro electrónico de la Administración General del Estado, https://administracion.gob.es/Nueva ventanaEnlace externo, se abre en ventana nueva. Tanto la solicitud como la documentación justificativa de requisitos y méritos deberán dirigirse por este medio a la Subdirección General de Personal, Área Docente, dependiente de la Subsecretaría de este Ministerio. El modelo de solicitud se encuentra habilitado en el apartado Modelo de solicitud a continuación.
  • Modelo de solicitud
    • Solicitud de participaciónPDFEnlace externo, se abre en ventana nueva en el concurso de méritos 2024-2025 para la provisión de puestos de PERSONAL DOCENTE en el exterior. Se deberá descargar esta solicitud (en formato PDF editable), rellenar los campos y resgistrar junto con la documentación justificante de requisitos y méritos conforme a las instrucciones indicadas a continuación.
  • InstruccionesPDFEnlace externo, se abre en ventana nueva para proceder al registro de la solicitud y documentación justificativa de requisitos y méritos.
  • Documentación
    • ​Toda la documentación justificativa de los requisitos y méritos deberán adjuntarse junto a la solicitud de participación a través del medio indicado en el apartado anterior Registro de la solicitud.
    • Se deberán presentar los documentos justificativos indicados en la base decimotercera de la Resolución de convocatoria, junto con la siguiente documentación justificativa de encontrarse en alguna de las situaciones previstas conforme al Acuerdo de Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024 y al Real Decreto-Ley 6/2024 de 5 de noviembre.
    • Para acreditar la residencia deberá aportarse, deberá presentarse certificado de empadronamiento en alguno de los municipios establecidos en el citado anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre. La falta de acreditación de dicha residencia, cuando no concurra otro supuesto habilitante conforme a lo dispuesto en el párrafo siguiente, conllevará la exclusión del procedimiento de la persona participante.
    • Asimismo, aquellas otras personas aspirantes que presenten una instancia de participación alegando el carácter imposible o gravoso, en atención a los efectos de la emergencia, del cumplimiento del plazo establecido en las convocatorias publicadas por Resoluciones de 30 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, deberán presentar una de la situación anteriormente descrita, adjuntando la documentación que pueda avalarla. En aquellos casos en los que no se aporte dicha documentación, esta podrá ser requerida en cualquier momento por la Administración.

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