Tal y como exigió CSIF, Correos, por fin, da una vuelta a las Bolsas de Empleo
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27 de abril de 2023
La teoría mejora, sí, pero en la práctica... ¡hace falta contratación!
Tal y como ha exigido CSIF, Correos, por fin, va a cambiar los criterios de llamamiento de las Bolsas de Empleo por una contratación que debe ser más justa.
✅ Lo vamos a resumir para no cansar a nadie, porque esto es la teoría: lo importante es que en la práctica haya contratación. Sin contratación, todo esto es papel mojado.
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Pues bien, a partir de ahora, seguirá habiendo 2 VÍAS DE CONTRATACIÓN en las Bolsas:
✔️ Vía 1. Contratos de sustitución por vacante en las que el llamamiento es por orden natural hasta que las plazas se cubran en un Concurso, Reajuste o Consolidación.
✔️ Vía 2. Contratos por sustitución de un trabajador y circunstancias de la producción con un tiempo máximo de 6 meses y, una vez terminado, se tendrá que hacer un parón obligatorio de 4 meses.
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¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTONCES?
✅ Hasta ahora los candidatos sólo podían estar en una de las 2 vías lo que originaba unos desajustes tremendos.
✅Ya nadie sabía a qué atenerse.
✅ Sin embargo, desde ahora, los candidatos encuadrados en la vía 1 también podrán acceder voluntariamente a los contratos de la vía 2-
✅ ¿Cómo? Una vez haya finalizado su contrato en la vía 1 y hayan cumplido un periodo de no disponibilidad de 4 meses
✅ El límite máximo de concatenación de contratos es de 18 meses de 24.
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