En caso de baja médica, CSIF te recuerda que tú ya no debes entregar el parte de baja, pero sí avisar a Correos
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Personal de Correos
26 de marzo de 2025

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Aunque para nosotros como trabajadores/as ya no exista la obligación de entregar el parte de baja, CSIF te recuerda que sí debes avisar a Correos cuando tengas la baja o la incapacidad temporal (IT) según la sentencia que dictó la Audiencia Nacional CLIC AQUÍ
Te recordamos que la gestión ahora es telemática, sí. En concreto, desde el 1 de abril de 2023 CLIC AQUÍ son los médicos, la Seguridad Social, las mutuas y las empresas (en este caso, Correos) los responsables de intercambiarse los documentos necesarios, sin intervención de nosotros como trabajadores/as.
Pero una cosa es que ya no tengamos obligación de entregar el parte de baja médica y otra diferente que no debamos avisar a Correos. Y sí: sí debemos avisar.
Tal y como explicó en su sentencia la Audiencia Nacional CLIC AQUÍ, no se exime al trabajador de informar a la empresa sobre el inicio de un proceso de baja médica con el objetivo de evitar perjuicios en la organización del trabajo.
Eso sí, la gran contradicción en Correos es que las bajas médicas no se están cubriendo. Por eso CSIF exige sistemáticamente a la empresa acabar con esta tendencia y cubrir todas y cada una de las bajas como no puede ser de otra manera en una empresa pública.
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