CSIF logra la primera sentencia en España que reconoce la Enfermedad Profesional a un trabajador de la sanidad contagiado por Covid

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28 de mayo de 2021

- CSIF promoverá nuevas reclamaciones para la Seguridad Social reconozca esta contingencia profesional
- La Seguridad Social obligada a reconocer la enfermedad profesional a un trabajador de un centro de salud contagiado y con secuelas respiratorias
- Solo se reconoce el 10% de los contagios por covid19 como accidente de trabajo

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La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado ha logrado la primera sentencia en España por la que se reconoce la enfermedad profesional a un trabajador de la sanidad contagiado por Covid.

Se trata de una sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Talavera de la Reina (Toledo), del pasado 21 de mayo.

La sentencia afecta a un auxiliar administrativo que pese a sufrir en dos ocasiones una incapacidad temporal por síndrome respiratorio agudo derivado del covid y posteriormente disnea y alteraciones respiratorias que le quedaron como secuelas, tanto la Seguridad Social como la mutua colaboradora Solimat le denegaron el reconocimiento de la enfermedad profesional (un reconocimiento fundamental para la futura protección en caso de secuelas graves o las indemnizaciones derivadas del fallecimiento).

Tal y como ha denunciado CSIF, hasta esta sentencia, la Seguridad Social no ha reconocido ningún caso de enfermedad profesional por Covid, como se puede comprobar en las estadísticas. Esto es así porque pese al anuncio del Gobierno, el Covid hoy por hoy solo se considera a efectos de la prestación de incapacidad temporal. Esto significa que cuando finalice la pandemia sus secuelas no podrán justificarse como un daño derivado de su puesto de trabajo.

Sin embargo la sentencia es clara y considera acreditado que esta persona sufrió un primer proceso de Incapacidad Temporal con diagnóstico de síndrome respiratorio agudo severo asociado al coronavirus y, por tanto, que sufrió una enfermedad recogida en el listado de enfermedades profesionales (“enfermedades infecciosas causadas por el trabajo de las personas que se ocupan de la prevención, asistencia médica y actividades en las que se ha probado un riesgo de infección). El tribunal también considera probado que estuvo expuesto a un riesgo de exposición al coronavirus en su profesión.

Respecto a la segunda incapacidad temporal con el diagnóstico de disnea y alteraciones respiratorias, la magistrada entiende que no existe ninguna duda de que son consecuencias derivadas del contagio por covid y que, en consecuencia, debe ser considerada igualmente enfermedad profesional.

A raíz de esta sentencia CSIF promoverá nuevas reclamaciones individuales para que se reconozca este derecho. Además, como siempre hemos defendido, los tribunales corroboran los argumentos de CSIF a los efectos de que el reconocimiento de enfermedad profesional debe ser extensivo a todo el personal que presta sus servicios en centros sanitarios o sociosanitarios, independientemente de la categoría profesional que desarrollen en los mismos.

Déficit en el reconocimiento de las contingencias laborales y prestaciones

Trabajadores y trabajadoras de todos los ámbitos, en los servicios considerados esenciales, cuando se decretó el confinamiento y de manera especial el personal de la sanidad, llevan más de un año expuestos al virus. Sin embargo, comprobamos que la vigilancia de la salud en el trabajo sigue siendo una asignatura pendiente en España. De entrada, los indicadores nos muestran un déficit en el reconocimiento de las contingencias laborales y prestaciones que se derivan del contagio del virus.

El pasado mes de febrero, tal y como había solicitado CSIF desde el inicio de la pandemia, el Gobierno reconocía el contagio del Covid19 como enfermedad profesional para el personal que preste sus servicios en centros sanitarios y socio sanitarios con efectos retroactivos desde que comenzó la pandemia (un reconocimiento fundamental para la futura protección en caso de secuelas graves o las indemnizaciones derivadas del fallecimiento). En su momento avisamos de las deficiencias de este decreto si no se facilitaba la gestión de oficio.

Por otra parte, la Estadística de Accidentes de Trabajo correspondiente al año pasado y los tres primeros meses de 2021 (últimos datos disponibles) únicamente reconoce 26 muertos y 14.358 accidentes de trabajo por Covid19.

CSIF considera que estas cifras no reflejan la realidad de los efectos del Covid entre las personas trabajadoras, a tenor de la evolución de la pandemia y los datos del Ministerio de Sanidad.

Si comparamos las estadísticas, vemos que hasta marzo de este año se registraron 13.252 accidentes de trabajo por Covid19 entre el personal de la sanidad, 24 de ellos mortales, según datos del Ministerio de Trabajo. Sin embargo, Sanidad eleva la cifra de contagios en el mismo periodo a más de 128.280.

Esto supone que solo se están reconociendo como accidente laboral por Covid19 un 10 por ciento de los casos en el personal sanitario, el colectivo laboral con mayor cifra de contagios en España desde el inicio de la pandemia.

Después del personal de la Sanidad, según la misma estadística del Ministerio de Trabajo, en el mismo periodo, las actividades económicas en las que se registran accidentes de trabajo son: residencias (llama la atención que solo registran 701 y ningún caso mortal pese a la especial virulencia del covid19 en este sector); administración pública y defensa (318 accidentes y 0 fallecidos) y otras actividades (87 accidentes y 0 fallecidos).

CSIF considera que esta falta de reconocimiento de los accidentes laborales por Covid19 en la estadística del Ministerio de Trabajo se explica por errores en la tramitación de los expedientes y una clara falta de voluntad política por garantizar la protección de estos colectivos, especialmente en la sanidad, donde los contagios se sitúan desgraciadamente a la cabeza a nivel internacional.

Además, desde CSIF denunciamos las trabas que se están produciendo por parte de los servicios de prevención de Administración y empresas privadas, así como por parte de la Seguridad Social al reconocimiento de esta contingencia profesional y sus correspondientes prestaciones.

Esta circunstancia, derivada del caos en la gestión de las bajas laborales (se contabilizan como bajas por enfermedad común en vez de accidente de trabajo) genera una desprotección y pérdida económica: se dejan de percibir las guardias y la productividad, entre otros conceptos y se pierde la indemnización por secuelas. De hecho, el colectivo de la Sanidad estuvo en desamparo hasta que el Gobierno reconoció el contagio como accidente laboral y enfermedad profesional tras las presiones de CSIF.

Además, desde CSIF denunciamos el impacto psicosocial que ha producido en los profesionales y la necesidad de una vigilancia de la salud más exhaustiva, apoyo psicológico y seguimiento de las secuelas postcovid.

 

Si algo ha visibilizado esta pandemia de Covid19 es que la prevención de riesgos laborales sigue siendo una asignatura pendiente para las diferentes administraciones, dejando de manifiesto las deficiencias que existen en los centros de trabajo como la falta de equipos de protección individual, falta de previsión y planificación, insuficiente dotación de recursos humanos que derivan en accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y desgraciadamente, en fallecimientos.

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