Las administraciones convocan oposiciones sin aplicar los nuevos criterios de la ley para reducir la temporalidad

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13 de enero de 2022

- CSIF reclama a Función Pública que intervenga para garantizar la equidad entre administraciones y evitar recursos a los procesos selectivos

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones y con presencia creciente en el sector privado ha reclamado al Ministerio de Hacienda y Función Pública la convocatoria urgente de la Conferencia Sectorial para garantizar la equidad de los diferentes procesos selectivos de personal, conforme a la Ley 20/2021 de Medidas Urgentes para reducir la Temporalidad en el Empleo Público.

 

Esta petición se produce después de que diferentes administraciones hayan decidido convocar procesos selectivos de personal sin aplicar los nuevos criterios de la Ley.

 

Esta circunstancia se produce especialmente en los ámbitos de la Educación y la Sanidad, donde se deben desarrollar sus propios sistemas de selección atendiendo a la nueva Ley y que no verán la luz previsiblemente hasta los próximos meses de abril y julio, respectivamente.

 

Sin embargo, las administraciones están convocando ya procesos selectivos sin esperar a la entrada en vigor de los nuevos criterios, lo que está generando la incertidumbre y la preocupación de miles de aspirantes que no saben a qué atenerse.

 

Además, la Ley, que entró en vigor el pasado 30 de diciembre, introduce nuevos elementos que introducen inseguridad jurídica en los procesos selectivos derivados de los acuerdos de 2017 y 2018, ya que suscitan diferentes criterios a la hora de favorecer la estabilización.

 

Ante esta situación, CSIF reclama a Función Pública que ejerza su liderazgo para homogeneizar los criterios que deben aplicar las diferentes administraciones y establecer los criterios que deben aplicarse a los procesos selectivos ya convocados y pendientes de su ejecución.

 

Además, pedimos a Función Pública, como máximo responsable del cumplimiento de los acuerdos suscritos y en virtud de sus competencias en materia de empleo público (Art. 149.18 de la CE) corrija cualquier actuación contraria a la Ley para reducir la Temporalidad.

 

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