CSIF exige medir concentraciones de gas radón en las administraciones públicas y empresas privadas, como marca la Ley, a partir del 20 de junio

  • Prevención de Riesgos Laborales

19 de junio de 2024

- El 20 de junio será obligatorio realizar evaluaciones y aplicar medidas de protección en ubicaciones laborales con altas concentraciones de este gas cancerígeno
- Pedimos que se lleven a cabo las actuaciones necesarias para proteger a los trabajadores expuestos.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia  creciente en el sector privado, exige a las administraciones públicas y a las empresas medidas específicas para cumplir con la obligación de realizar la medición de radón en los lugares de trabajo afectados por alta concentración. Deben llevarse a cabo las actuaciones necesarias para proteger a los trabajadores expuestos.
El próximo 20 de junio será obligatorio realizar evaluaciones y aplicar medidas de protección en aquellas actividades laborales con niveles elevados de concentraciones de gas. La normativa entró en vigor el 21 de diciembre de 2022, pero se ampliaron 18 meses para algunas disposiciones.


Las empresas o propietarios de las instalaciones públicas que no cumplan con estas medidas pueden ser acusados de delitos contra la seguridad y salud en el trabajo o de lesiones o homicidios imprudentes en caso de que se produzcan daños a los trabajadores o usuarios. Las penas previstas para estos delitos incluyen penas de prisión, multas económicas y la inhabilitación para el ejercicio de actividades empresariales.


Según el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), quien se ocupa de los estudios y la investigación en todo el Estado, las zonas de actuación prioritaria en España se encuentran por las siguientes comunidades autónomas: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Canarias, Cataluña, Extremadura, Madrid, Navarra, País Vasco y Galicia, la comunidad más afectada.


El gas radón es un elemento radiactivo natural que se produce por la descomposición del uranio en el suelo y la roca. Es inodoro, incoloro e insípido, y puede filtrarse en edificios a través de grietas y agujeros en las paredes y el suelo. La exposición prolongada al gas radón se ha relacionado con un mayor riesgo de cáncer de pulmón, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) y otros tipos de cáncer como el cáncer de tiroides. El radón es la segunda causa principal de cáncer de pulmón después del tabaco, y se estima que el radón es responsable de alrededor del 10% de todos los casos de cáncer de pulmón.


En España, la normativa vigente obliga a eliminar o controlar las exposiciones a cancerígenos en los lugares de trabajo. Hay que tener en cuenta que, además de las exposiciones laborales, pueden existir exposiciones a niveles altos de radón en los domicilios y en las zonas de servicios.


La directiva europea 2013/59/Euratom establece normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes. Esta norma, que incluye el radón, destaca la necesidad de que los Estados Miembros lleven a cabo planes de acción para reducir a medio y largo plazo el riesgo de cáncer de pulmón atribuible a la exposición al radón. Estos requisitos suponen ampliar el alcance y el nivel de protección del actual marco regulador, así como poner en marcha medidas de comunicación y apoyo más allá del ámbito jurídico.


A partir del 20 de junio las empresas e instituciones públicas (escuelas, instituciones penitenciarias, centros sanitarios, ayuntamientos, etc.) están obligadas a medir el nivel de radón en las localidades con altas concentraciones de radón, concretamente en los centros de trabajo situados en planta baja o rasante.


Mediciones periódicas


Se deben llevar a cabo mediciones periódicas de los niveles de radón en sus instalaciones y tomar medidas para controlar los niveles si estos superan los valores recomendados. En España, la concentración de radón se mide en becquerelios por metro cúbico (Bq/m³), y el valor límite recomendado por el CSN es de 300 Bq/m³ en interiores, aunque la OMS recomienda tomar medidas a partir de concentraciones superiores a 100 Bq/m³.
Entre las medidas para controlar los niveles de gas radón pueden incluir la mejora de la ventilación, el sellado de grietas y agujeros en las paredes y el suelo, la instalación de sistemas de extracción de aire y la construcción de barreras físicas para impedir la entrada de radón en las instalaciones.


Por todo ello, CSIF ha solicitado en las mesas técnicas de PRL y comités de seguridad y salud que se lleven a cabo la medición de las concentraciones de radón y se lleven a cabo las medidas de protección necesarias de los trabajadores expuestos.

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