CSIF presenta un recurso administrativo ante el silencio del Gobierno a rebajar la edad de jubilación del personal de la sanidad
8 de junio de 2022
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, ha presentado un recurso administrativo de alzada ante el silencio del Gobierno a nuestra petición para que se inicie el procedimiento de rebaja de la edad de jubilación del conjunto del personal sanitario.
El sindicato presidido por Miguel Borra recuerda que ya presentó al Ejecutivo en septiembre del pasado año la petición para establecer los coeficientes reductores y rebajar la edad de jubilación de los trabajadores de los servicios de Salud. Ante el silencio del Gobierno, CSIF presentó el pasado mes de enero una nueva solicitud recordando además a la Administración que su obligación era responder a estas peticiones, ya que la solicitud fue anterior a la promulgación de la ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones.
El establecimiento de los coeficientes reductores pedido por CSIF afecta a todos los trabajadores/as de los Servicios de Salud: médicos, enfermeros, técnicos en cuidados de auxiliares de enfermería (TCAE), celadores, personal administrativo etc., ya que el conjunto de los trabajadores puede cumplir con los criterios de toxicidad, peligrosidad, insalubridad e índices elevados de morbilidad o mortalidad según su puesto y lugar de trabajo, como se ha demostrado con la pandemia de COVID-19.
Para CSIF, este silencio injustificado y la situación de maltrato e incomprensión que sufre el personal de la sanidad es el pago del Gobierno al acuerdo alcanzado con los sindicatos de clase por el que se introducen nuevos recortes a las pensiones.
CSIF, desde un primer momento, se ha opuesto de manera frontal a estos recortes y por este motivo ha sido excluido de la comisión encargada de estudiar los coeficientes reductores para rebajar la edad de jubilación en la sanidad.
CSIF recuerda que la propia ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, recoge explícitamente que “(…) cuando el procedimiento afecte al personal de las administraciones públicas, la iniciativa corresponderá conjuntamente a las organizaciones sindicales más representativas”.