DECRETO REGULA EL ACCESO CON CARÁCTER TEMPORAL AL EMPLEO PÚBLICO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
7 de febrero de 2025

En el día de hoy ha tenido lugar la última reunión para la negociación del Decreto por el que se regula el acceso con carácter temporal al empleo público de la Administración del Principado de Asturias.
Las novedades más importantes que recogerá el nuevo Decreto (una vez que se hayan realizado todos los pasos para su tramitación y sea publicado en BOPA), son:
LISTAS DE EMPLEO: Vuelven a incluir que para estar en lista será necesario superar el primer ejercicio o la primera prueba. Sólo en el caso de procesos selectivos dónde se requiera título habilitante, se podrá prever, motivadamente, una puntuación mínima para que los aspirantes pasen a integrar la lista.
CSIF ha vuelto a pedir y nos parece elemental, que las litas de empleo sean de méritos, tal y como ocurre en otros ámbitos del Principado.
Es incongruente que se pida aprobar para estar en las litas y en el mismo Decreto se regule que se puede acudir al SEPEPA.
Desde Función Pública son conocedores que se nos agotan las litas en estos momentos y sólo hay que tener nota positiva, asique pidiendo aprobar el primer ejercicio se estará fomentado el acudir al SEPEPA.
El propio Consejo de Gobierno recomendó, en el Decreto anterior, que se valorase el cambio a listas de méritos, pero, aun así, no lo aceptan. Eso sí, el aprobar para estar en lista lo hacen dicen, poque sino no lo acepta el Consejo de Gobierno.
ZONIFICACIÓN: Se pasará a zonificar en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de las notas del primer ejercicio. La convocatoria también puede prever que se zonifique en la propia instancia de participación del mismo.
ZONIFICACIÓN TCAE DEL ERA: Se mantienen las 6 zonas que hay actualmente pero sólo podrán elegir una y no todas.
CARÁCTER PREFERENTE POR CONTRATOS O NOMBRAMIENTOS A TIEMPO PARCIAL: Se podrá indicar si se desea optar con carácter preferente a contratos o nombramientos a tiempo parcial (iguales o inferiores al 50%), excluyéndose de estos los contratos relevos.
PLAZO PARA REINCORPORARSE EN LAS LISTAS Y BOLSAS: 15 DÍAS HÁBILES (y no 30 cómo hay ahora mismo).
EXCLUSIÓN TEMPORAL: Sino se solicita el alta en esos 15 días hábiles se excluirá durante 2 meses de la lista/bolsa.
EXCLUSIÓN DEFINITIVA: Cuando se incurra en la causa de exclusión temporal por tercera vez.
COMUNICACIÓN DE OFERTAS DE TRABAJO: Máximo 2 llamadas en un lapso de tiempo de 20 minutos. Sino responde quedará como no disponible y dispondrá de 15 días hábiles para solicitar la reincorporación (ahora mismo no existe plazo).
OFERTAS DE ZONAS QUE NO TIENES ELEGIDAS: En el caso de que no haya aspirantes para la zona donde se requiera el llamamiento.
MEJORA DE EMPLEO únicamente para integrantes de una lista que se encuentren prestando servicios en el ámbito de aplicación de este Decreto y para ofertar de empleo de un cuerpo o escala o grupo o subgrupo superior y siempre que el contrato sea de duración cierta igual o superior a 6 meses.
CSIF pidió se incluyera la mejora de empleo. El puesto en la lista, el esfuerzo del estudio, tiene que tener la recompensa de poder optar a los mejores contratos, sin embargo, la Administración se escuda en que da muchos problemas de gestión, y dijo NO.
MEJORA DE EMPLEO PARA TCAE DEL ERA: El nuevo llamamiento será para cubrir vacantes, siempre que su contrato actual no sea de este tipo.
A petición de CSIF se incluye la mejora de empleo para las TCAE del ERA en contraprestación a que sólo van a poder escoger una zona y no todas como el resto.
CSIF pide que se incluya a los Fijos Discontinuos para recibir mejoras de empleo para vacante cuando estén en su periodo de actividad. Cuando el ERA les avisa de la fecha de inicio les suspenden de llamamientos, con el consiguiente perjuicio, por lo que CSIF pide que se les incluya para recibir ofertas de mejora de empleo para vacante de todo el año.
La Administración acepta la propuesta de CSIF y los Fijos discontinuos, recibirán oferta de mejora empleo para Vacante.
En la mejora de empleo, CSIF pedía que todas las vacantes fueran por orden y no se aplicara el criterio de continuidad, de tal manera que siempre se diesen por orden de lista (para evitar que gente entre por el SEPEPA y pueda coger vacantes). Función Pública no lo admite, mantiene el criterio de continuidad para todo, incluidas las vacantes.
CRITERIOS DE CESE: Se incluye un nuevo párrafo donde se especifica que los puestos de trabajo que hayan sido vinculados a una OEP concreta, serán los ofertados al personal de nuevo ingreso y recaerá en esos puestos la causa concreta de cese.
RENUNCIAS A CONTRATOS A JORNADA PARCIAL: Se podrá renunciar a los contratos iguales o inferiores al 50% (ahora es sólo inferiores, no iguales) a los 3 meses siempre que no se haya elegido esa zona como preferente.
A petición de CSIF se incluye que se permita renunciar al año, aunque se haya elegido la zona como preferente, (ya que las TCAE del ERA sólo pueden escoger una zona). Se incluye para todos que puedan renunciar al año a estos contratos
RENUNCIAS AL CONTRATO/NOMBRAMIENTO CUANDO EL CENTRO DE TRABAJO DISTE A 70km O SUPERE LOS 45 MINUTOS EN COCHE: Se podrá renunciar a los 3 meses.
SUSPENSIÓN DE LLAMAMIENTOS DE LAS LISTAS/BOLSAS: Si se está cooperando como voluntario en una ONG.
EXCEDENCIA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL SUBGRUPO O GRUPO DE CLASIFICACIÓN SUPERIOR PARA FUNCIONARIOS DE CARRERA: Muchos años llevamos desde CSIF reivindicando se incluya la movilidad para los funcionarios, pero hemos de decir, que no se ha regulado, tal y como esperábamos.
Se limita al subgrupo o grupo de clasificación superior, cómo viene recogido en la Ley de Empleo Público, pero CSIF pidió, no se limitase al inmediato superior, considerándolo un desarrollo normativo que cumpliría con la Ley, pero mejoraría las oportunidades de
promoción para los funcionarios. La Administración no lo aceptó y plasmó la literalidad de la Ley de Empleo Público.
CSIF también solicitó, y sí fue aceptado por la Administración, que esta excedencia conlleve la reserva del puesto que se tenga en titularidad. (Ver toda la regulación en el Decreto adjunto).
LISTAS DE EMPLEO PARA PROCESOS CON PRUEBAS FÍSICAS Y DE TRABAJO: Para aquellos cuerpos, escalas o categorías profesionales cuyos procesos selectivos exijan la superación de pruebas de aptitud física y/o de trabajo, será requisito, además, de un teórico, haber superado éstas para formar parte de la lista de empleo.
CSIF, aunque se ha recogido varias de nuestras demandas, finalmente nos hemos ABSTENIDO en la votación de este Decreto, por considerar que no recoge reivindicaciones que consideramos esenciales (cómo son las litas de méritos o la mejora de empleo para todos).
Este Decreto ahora tiene que seguir los trámites correspondientes y esperemos no llevar ninguna sorpresa en el camino.