CSIF GANA DOS SENTENCIAS EN EL ERA Y EN EL SESPA SOBRE EL RECONOCIMIENTO DE LAS VACACIONES RETRIBUÍDAS Y NO DISFRUTADAS

15 de abril de 2025

CSIF ha ganado dos sentencias, en el ERA y en el SESPA, por las que se deben de reconocer las vacaciones retribuidas y no disfrutadas como personal temporal/interino a todos los efectos, administrativos y económicos.

Tanto el juzgado de lo Social nfº2 de Avilés, como el Contencioso Administrativo de Oviedo nº4 han resuelto en los mismos términos.

El Juzgado concluye que es necesario evitar que se desestimen las acumulaciones de antigüedad de aquellos que prestan servicios de manera sucesiva bajo la dependencia de las administraciones públicas como personal laboral temporal. Esta situación podría generar un trato desfavorable que carece de justificación objetiva, proporcional y razonable, tal como lo ha señalado el Tribunal Supremo.

Por lo tanto, se ha acreditado la antigüedad reconocida por la administración demandada y los periodos de vacaciones que se asimilan como cotizados por compensación debido a la falta de disfrute. En consecuencia, se estiman íntegramente las demandas.

Así mismo, se sugiere revisar las políticas de gestión de vacaciones y su aplicación a los trabajadores temporales, para garantizar un trato equitativo y conforme a la normativa vigente, evitando así posibles reclamaciones futuras.

CSIF te anima a reclamar. Para cualquier ponte en contacto con nuestros delegados.

ARCHIVOS ADJUNTOS

COMPARTIR