CSIF gana una sentencia que reconoce el complemento de turnicidad de un trabajador de sanidad pese el cierre por las tardes en periodo estival
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18 de julio de 2022
El Juzgado deja claro que no se le puede quitar ese complemento por causas no imputables al empleado
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 10 de Valencia ha reconocido el derecho de un trabajador sanitario a cobrar el complemento de turnicidad en el periodo estival pese a suprimirse este servicio, ya que se paraliza por causas ajenas al empleado, que desarrolla sus tareas en admisión.
El juzgado estima el recurso interpuesto por el trabajador, representado por CSIF, contra la Conselleria de Sanidad, y le reconoce su derecho a percibir el complemento de turnos en verano, periodo en que se suspende el turno rodado.
La causa se originó con una resolución de diciembre de 2021 en la que Sanidad desestimaba la pretensión efectuada por el trabajador en el mes de agosto para cobrar el complemento de turnicidad.
El presidente de CSIF Sanidad de la provincia de Valencia, Fernando García, ha destacado que se trata de una sentencia "muy importante" que reconoce que a un trabajador que tiene el turno rodado con carácter anual no se le puede quitar el complemento de turnicidad por causas no imputables al empleado".
REPERCUSIÓN