Web de ayuda en la solicitud del Sexenio de Investigación 2022
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27 de enero de 2023
- Desde el 16 de enero hasta el 6 de febrero de 2023 está abierto el plazo para solicitar sexenios de investigación.
CSIF - SEXENIO DE INVESTIGACIÓN 2022
TUTORIAL 1 - Aspectos generales de la convocatoria de sexenios
- Introducción -- desde el inicio a 2:26
- Normativa de aplicación -- desde 2:27 a 5:10
- ¿Quién puede presentarse? -- desde 5:11 a 9:37
- Presentación de solicitudes -- desde 9:38 a 10:56
- Documentación necesaria -- desde 10:57 a 18:30
- Consideraciones finales -- desde 18:31 a 25:16
- Web de CSIF para el sexenio -- desde 25:17 al final
TUTORIAL 2 - Cómo cumplimentar la solicitud
- Introducción -- desde el inicio a 1:19
- Presentación solicitudes -- desde 1:20 a 23:39
- Web de CSIF para el sexenio -- desde 23:40 al final
TUTORIAL 3 - Casos prácticos en la solicitud de sexenios
- Introducción -- desde el inicio a 2:38
- Generalidades sobre sexenios -- desde 2:39 a 5:16
- Contribuciones y puntuación -- desde 5:17 a 8:10
- 5 aportaciones vs tramo de 6 años -- desde 8:11 a 9:55
- Particularidades 12 solicitud -- desde 9:56 a 12:12
- Ejemplos de configuración de tramos -- desde 12:13 a 18:11
- Solicitud futura después de este año -- desde 18:12 a 22:02
- Consideraciones adicionales -- desde 22:03 a 24:56
- Web de CSIF para el sexenio 2022 -- desde 24:57 al final
NORMATIVA
Resolución de 23 de diciembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-351
Resolución de 21 de noviembre de 2022, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación.
Desarrollo de los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-9
(Ver el vídeo-tutorial 2 para saber los pasos a dar una vez identificado)
Enlace a la aplicación informática para la solicitud de convalidación de sexenios.
(Ver el vídeo-tutorial 2 para saber los pasos a dar una vez identificado)
PREGUNTAS FRECUENTES
Aspectos generales
Es un periodo de 6 años naturales (de 1 de enero a 31 de diciembre). Para que un año pueda ser considerado en un tramo de investigación, se debe haber tenido un contrato con una Universidad o Centro de Investigación durante, al menos, 8 meses. Los años no tienen porqué ser consecutivos, pero cualquier año “saltado” no se podrá recuperar en ningún caso.
Pregunta: ¿Quién puede solicitar un sexenio de investigación?
https://aneca.sede.gob.es/
(Ver el vídeo-tutorial 2 para saber los pasos a dar una vez identificado)
Además, si este año se cumplen las condiciones para poder solicitar un nuevo sexenio de investigación, se tienen que hacer los dos procedimientos (convalidación de los antiguos y solicitud del nuevo) a través de los correspondientes enlaces a la sede electrónica.
Pregunta: ¿Cuántos sexenios de investigación se pueden obtener?
Pregunta: ¿Cuál es la puntuación necesaria para que se conceda un sexenio de investigación?
Pregunta: ¿Cuál es el primer año que se puede incluir en la solicitud de un sexenio de investigación?
Pregunta: ¿Las 5 aportaciones incluidas en una solicitud tienen que ser de distintos años?
Pregunta: ¿Qué información hay que incluir en cada una de las cinco aportaciones?
Las aportaciones presentadas deberán haber sido publicadas en los años para los que se solicita la evaluación. No se tendrán en cuenta publicaciones «aceptadas» pero no publicadas durante esos años.
En revistas, libros u otras obras que cuenten con edición digital e impresa, las aportaciones se entenderán publicadas solo cuando hayan aparecido en este segundo formato.
Si la aportación alegada consiste en una patente, se requiere que haya sido «concedida» en los años para los que se solicita la evaluación. No se tendrán en cuenta patentes «presentadas» o «publicadas» pero no concedidas durante esos años y, en su caso, según criterios específicos de cada campo, en explotación. Además, se deberá incorporar el fichero pdf con la concesión de la patente.
Cada aportación irá acompañada de un «breve resumen» en castellano, con el máximo que establece la aplicación telemática, que contenga los objetivos y resultados más sobresalientes de la investigación. Se podrán sustituir los resúmenes individualizados por uno solo que se refiera a todas ellas.
Pregunta: Me aceptaron un artículo y se publicó online en 2019, pero la publicación en la edición impresa de la revista fue en 2020. ¿En qué año se considera esta aportación?
Pregunta: ¿Se puede incluir en los seis años de la solicitud algún año en el que se ha tenido un contrato a tiempo parcial?
En las convocatorias que salen cada año aparecen las características y procedimiento específicos para ese año, pero todo está regulado por el procedimiento general para la evaluación de la actividad investigadora de 1994 (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26927). Concretamente, en dicho procedimiento general, en el artículo 10 apartado b, aparece recogido ese hecho. Específicamente:
“b) Por años se entienden años naturales completos (del 1 de enero al 31 de diciembre), únicamente las fracciones anuales iguales o superiores a ocho meses se computarán como año natural.”
Pregunta: ¿Se puede incluir en los seis años de la solicitud algún año en el que se ha tenido un contrato a tiempo parcial?
Sí. La única condición exigida para poder incluir un año en la solicitud es que se haya tenido un contrato durante, al menos, un periodo de 8 meses durante dicho año natural, independientemente de que sea contrato a tiempo completo o a tiempo parcial. Dicho contrato debe ser con una Universidad o con un Centro de Investigación debidamente acreditado.
Pregunta: ¿Qué es un sexenio activo y cuando deja de estar activo? ¿Para qué sirve tener sexenio activo?
Desde la convocatoria de hace dos años, el personal que haya disfrutado o se encuentre disfrutando de permisos de maternidad o paternidad, en situación de excedencia para atender el cuidado de hijos, o de otros familiares en primer grado a su cargo, o en excedencia por razón de violencia de género, podrá prorrogar el último sexenio vivo: un año por cada permiso o excedencia que hayan tenido.
a) Impreso de solicitud generado y firmado por el/la solicitante.
b) Currículo que se genera al cumplimentar la solicitud con las cinco aportaciones que la persona interesada quiera someter a evaluación.
c) «Currículum vitae» normalizado (se recomienda el modelo de FECYT) que incluya exclusivamente las actividades de investigación, desarrollo e innovación. Asimismo, se recomienda que se aporte el «DOI» (digital object identifier) de las publicaciones que dispongan de él.
d) Hoja de servicios original actualizada que incluya el período cuya evaluación se solicita, en la que conste el régimen de dedicación de la persona solicitante durante dicho período. La hoja de servicios deberá ser de fecha posterior al 5 de enero de 2023.
e) Si la investigación se ha realizado en un centro que no figura en la «Hoja de servicios», deberá adjuntarse una copia de los contratos, nombramientos, credenciales de becaria o becario o documentos fehacientes similares, y que incluyan el periodo de tiempo y el régimen de dedicación. Deberá en todo caso tratarse de un centro docente superior o cuya actividad primordial y regular sea la investigación.
Pregunta: Tengo 6 sexenios de investigación. ¿Puedo solicitar un nuevo sexenio de investigación?
IMPORTANTE: Si se renuncia a un sexenio y el nuevo solicitado es denegado, EL SEXENIO RENUNCIADO NO SE PUEDE RECUPERAR.
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Si es con una Universidad, con la hoja de servicios original actualizada que incluya el período cuya evaluación se solicita, en la que conste el régimen de dedicación de la persona solicitante durante dicho período. La hoja de servicios deberá ser de fecha posterior al 5 de enero de 2023.
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Si la investigación se ha realizado en un centro que no figura en la «Hoja de servicios», deberá adjuntarse una copia de los contratos, nombramientos, credenciales de becaria o becario o documentos fehacientes similares, y que incluyan el periodo de tiempo y el régimen de dedicación. Deberá en todo caso tratarse de un centro docente superior o cuya actividad primordial y regular sea la investigación.
En cualquier caso, para poder incluir un año en la solicitud, se ha debido tener una vinculación igual o superior a 8 meses durante dicho año.
Pregunta: ¿Qué ocurre si por error para alguno de los años incluidos en la solicitud no se verifica haber tenido contrato durante al menos 8 meses? ¿Se considera el sexenio denegado?
Pregunta: Si en el pasado hemos sido profesores asociados al 75% de dedicación, pero con contrato el año completo, ¿cómo se cuentan esos años? ¿6 años de asociado con los méritos necesarios cuentan para un sexenio, o hacen falta más años al no tener contrato a tiempo completo?
Pregunta: Si solicito un sexenio de investigación y me lo deniegan, ¿tengo que esperar necesariamente 3 años para solicitar uno nuevo?
Pregunta: Si solicito 2 o más sexenios de investigación y me los deniegan, ¿qué años podría recuperar para la siguiente solicitud? ¿Y si me conceden unos y me deniegan otros?
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Si el último sexenio solicitado es denegado, todos los años anteriores al primer año del último sexenio no se podrán recuperar y solo se podrán recuperar como mucho 3 años de los incluidos en ese último sexenio. La solicitud de un sexenio tras haber sido denegado el último solicitado debe estar formado con, al menos, 3 años nuevos posteriores al último año incluido en el sexenio denegado y se podrían recuperar, como mucho, tres de los años incluidos exclusivamente en el último sexenio denegado.
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Si el último sexenio solicitado es concedido, todos los años anteriores al último sexenio concedido no se podrán utilizar. Por lo tanto, el próximo sexenio se podrá formar exclusivamente con 6 años posteriores al último año incluido en este último sexenio concedido.
Pregunta: Si una de las publicaciones se hace mientras estás en un Organismo de investigación, ligado a universidad privada. ¿Se tiene en cuenta el artículo?
Pregunta: Quiero presentar la solicitud de sexenios por primera vez y, necesariamente, tengo que incluir el año 2021. No me queda claro lo que dice la ANECA sobre cuándo se podría presentar la siguiente solicitud en caso de ser rechazada la de esta convocatoria, ni los años que podría recuperar de los que ya se han solicitado. En mi caso, la primera aportación es de 2013. Concretamente, solicitaría 13, 14, 18, 19, 20, 21.
Al ser el último año que incluyes el 2021, necesariamente, en caso de denegación, tendrías que esperar hasta el 2024, porque en la nueva solicitud hay que incluir 3 años nuevos (se podrían seguir utilizando los 3 años que quisieras de estos 6 que pones ahora). Pero no podrías antes de 2024.
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1ª aportación del año 2019
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2ª aportación del año 2021
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3ª aportación del año 2021
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4ª aportación del año 2020
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5ª aportación del año 2000
Las dos sustitutorias son de 2020 y 2021
Mi tramo abarcaría desde 2000 al 2021. Esta es mi duda, si se podría solicitar.
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"El tiempo prestado en un régimen de dedicación diferente al de tiempo completo o asimilado será computado aplicando un coeficiente reductor de 0,5".
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Interpreto, que cada año a tiempo parcial cuenta la mitad y, por tanto, se necesitaría el doble de años para completar un tramo (12 años naturales). No obstante, en la aplicación de la ANECA,sólo deja incluir 6 años naturales en cada tramo.
¿Saben decirme cómo afecta este factor en el cálculo del tramo? Si estuviera 6 años a tiempo parcial, ¿podría pedir un tramo?
Bastan con 6 años, es indiferente si a tiempo parcial o a tiempo completo. De hecho, como bien indicas, la aplicación solo permite introducir 6 años.
Lo que sí hay que tener claro (lo indica la convocatoria) es que, en caso de concesión del sexenio, los efectos retributivos serán desde el día que se pase a ser tiempo completo.
Pregunta: ¿Podría ser válido un año si no tienes vinculación contractual pero puedes demostrar que en esos años estabas realizando los cursos de doctorado en la Universidad? El primer año en el que tengo publicaciones fue en el mismo en el que me concedieron una beca para hacer el doctorado, pero como fue en septiembre no tendría vinculación de al menos 8 meses durante ese año.
Pregunta: Tengo en un año un contrato de 3 meses y 27 días y otro contrato de 3 meses y 15 días ¿se contabiliza como que he estado contratado en 8 meses diferentes? ¿o como la suma de los días no supera 60 no llego a los 8 meses?
Pregunta: Si solicito un sexenio de investigación, por ejemplo, con los años 2010, 2011, 2014, 2017, 2018 y 2019 y me lo conceden, ¿puedo solicitar el año que viene otro Sexenio con los años 2020, 2021, 2022 y tres años anteriores, por ejemplo: 2009, 2012 y 2015? ¿Y qué ocurre si me deniegan el de 2010-2019?
Pregunta: No sé si os pasa que, al introducir los años en Tramos (por ejemplo, 2018), no te lo permite, saliendo el mensaje de que has de introducir números. He probado con 18 y de algunas otras formas, pero no hay manera que me permita poner el año.
Pregunta: ¿Cómo se exporta el Currículum Vitae normalizado en el modelo de la FECYT que incluya exclusivamente las actividades de investigación, desarrollo e innovación?
Se puede ver en el siguiente tutorial (páginas 2 y 3)
https://cvn.fecyt.es/editor/downloads/CVA_desdeCVN.pdf
Pregunta: Necesito incluir un año en el que di a luz a un hijo, por lo que estuve de baja de maternidad todo el tiempo que me correspondía. ¿Habría problema en incluirlo? Pero no sé si además tengo que poner algún año más o algo para que salgan los 6 años.
Puedes perfectamente sin tener que incluir ningún año adicional. Adjunta toda la documentación que tengas sobre la baja. Te pegamos a continuación lo que dice la convocatoria sobre este asunto.
3.3 El personal funcionario de cuerpos docentes universitarios que se encuentre disfrutando de permisos de maternidad o paternidad, en situación de excedencia para atender el cuidado de hijas, hijos, o de otros familiares en primer grado a su cargo, o en excedencia por razón de violencia de género prevista en el artículo 89.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, podrán incluir en su solicitud de evaluación de sexenios los años –y las aportaciones publicadas en dichos años– durante los que haya disfrutado del permiso o permanecido en dicha situación de excedencia.
Pregunta: Tras terminar de rellenar toda la solicitud y pasar al paso de firmarla, me da el error que aparece en la captura de pantalla. He probado a firmar tanto con la firma básica como con la firma con certificado electrónico así como con diversos navegadores y siempre me da el mismo error. ¿Qué puede estar ocurriendo?
Tal y como os hemos insistido en los vídeo-tutoriales, esto viene producido por haber incluido caracteres "raros" en la solicitud, Normalmente se producen por cortar y pegar desde un procesador de textos (tipo word). Por ello os recomendamos que cortéis y peguéis desde un fichero de texto plano.
En CSIF, además de una serie de vídeo-tutoriales y la normativa pertinente, incluimos un apartado sobre “Preguntas Frecuentes”, que busca resolver las dudas más habituales, diferenciando entre Aspectos generales y Situaciones específicas.
Por último, informaros que ANECA acaba de publicar el desarrollo de los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. Podéis encontrarlos en:
Esperamos que todo el material os sea de utilidad.