MESA SECTORIAL ADMINISTRACIÓN GENERAL
6 de febrero de 2025
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CINCO DE FEBRERO 2025
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MESA SECTORIAL 5 DE FEBRERO 2025
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1 Acuerdos sobre simplificación de procesos selectivos en el ámbito de Administración General de la Comunidad Autónoma.
En 2023 se firmaron dos acuerdos ORDEN HAP/900/2023 y ORDEN HAP/899/2023 de 4 de julio ,cuyo objetivo era ajustarnos a la Disposición adicional cuarta sobre medidas de agilización de los procesos selectivos de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
“Las Administraciones Públicas deberán asegurar el cumplimiento del plazo establecido para la ejecución de los procesos selectivos mediante la adopción de las medidas apropiadas para el desarrollo ágil de los procesos selectivos, tales como la reducción de plazos, la digitalización de los procesos o la acumulación de pruebas en un mismo ejercicio, entre otras”
CSIF firmó tan solo uno de ellos retirándose del Acuerdo de simplificación para procesos por promoción interna (HAP /899/2023) por no cumplir con las expectativas que teníamos para la modificación de este tipo de procesos.
Ambos acuerdos han entrado en vigor el 1 de enero de 2025, siendo necesario abordar la simplificación de temarios con urgencia y aplicar todos los ajustes necesarios en las nuevas convocatorias del IAAP.
La Dirección General de Función Pública afirma no poder aplicar dichos acuerdos y expone a la Mesa Sectorial su intención de modificar los términos de estos acuerdos.
CSIF entiende que los Acuerdos están para cumplirlos y que el objetivo de estas órdenes en particular es mejorar los procesos selectivos, simplificando, agilizando y mejorando su desarrollo para conseguir estabilizar la plantilla cuanto antes y mantener controlada la temporalidad.
En este sentido CSIF no estaba satisfecho con el resultado final, en especial para promoción interna y está dispuesto como sindicato profesional a estudiar y negociar las nuevas propuestas que Función Pública quiera traer a la Mesa Sectorial, siempre que nos convenzan de que servirán para mejorar lo que ya tenemos. Lo importante es que se apliquen los Acuerdos para avanzar en la ejecución de los procesos selectivos de las Ofertas de empleo público pendientes.
NO puede ser que volvamos a experimentar retrasos e incumplimiento de plazos en el acceso al empleo público, asumiéndolo como normal y aceptable.
EXIGIMOS ORDEN Y CONCIERTO.
2. Comisión Paritaria y personal laboral
La Comisión paritaria es el órgano de interpretación y vigilancia de la aplicación de nuestro VIII Convenio Colectivo compuesta por miembros de la Administración y de los sindicatos firmantes (CSIF, CCOO, UGT).
Próximamente se reunirá para tratar:
2.1.Cambios en las condiciones de la jubilación parcial con contrato de relevo para el personal laboral que entrarán en vigor el próximo 1 de abril (Real Decreto Ley 11/2024 de 23 de diciembre) y su impacto en nuestra Administración. Asi como lo relativo a los cambios en la denominada jubilación activa.
CSIF solicita que se pueda seguir accediendo a la jubilación parcial con relevista en nuestro ámbito sectorial como en la actualidad, así como que los empleados públicos que quieran y cumplan las condiciones para la prolongación del servicio activo puedan acogerse a esta modalidad sin cortapisas.
2.2 Habilitaciones. Deben convocarse según convenio en el primer trimestre de 2025 (Transitoria adicional novena). Se tratará tanto su convocatoria como detalles en cuanto a la organización y contenido de las pruebas.
3. Información sobre nuevas instrucciones relativas a la compensación económica y a las indemnizaciones por ceses tanto de personal laboral como funcionario que se contemplan en la Ley 20/2021.
Se aprecia una mejora en la redacción y también en el planteamiento de la DGFP respecto al derecho del personal temporal a ser indemnizado económicamente tanto por el abuso de temporalidad en sus nombramientos o contrataciones como a ser compensados por no haber obtenido plaza en los procesos de estabilización planteados por la misma Ley.
Se reconoce tal y como ya indicó CSIF que no es necesario haberse presentado a los dos formatos que establece la Ley 20/2021 concurso-oposición y concurso de méritos excepcional para generar derecho a la compensación. Algo que sencillamente no aparece en la Ley que en todo caso alude “al proceso selectivo” para generar derecho a compensación económica.
También admite que aunque dice que se actuará de oficio, establece la posibilidad de que a instancia del interesado/a pueda dirigir escrito al Departamento Correspondiente indicando que cumple con los requisitos y adjuntando la documentación que estime oportuno relativa al o los procesos selectivos a los que se presentó pero para los que no obtuvo plaza, reclamando el abono de la citada compensación.
En todo caso desde CSIF aconsejamos a nuestros afiliados/as contactar con la sección sindical para evaluar cada caso y valorar si deben pasar por nuestra asesoría jurídica.
4. Denuncia y solicitud de CSIF
Ponemos de manifiesto la situación en la que se encuentra la Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza desde el día 1 de noviembre de 2024 ,con casi el 50 % de la plantilla vacante, Si persiste mucho tiempo esta situación, se va a acabar perdiendo un servicio esencial para el ciudadano. En esta Subdirección tiene a su disposición la información y la posibilidad de interponer gratuitamente solicitudes de conciliación en materia de despidos, sanciones o reclamaciones de cantidad, previas a la Jurisdicción Social y sin la necesidad de contratar un abogado. Además, se tramitan alrededor de mil sanciones al año por incumplimientos de las empresas en materia de orden social, empleo y seguridad e higiene.
No hay que olvidarse de que en la pandemia este personal fue declarado servicio esencial, llegándose a tramitar 14.000 ERTES, lo que supuso que miles de trabajadores cobraran su prestación por desempleo.
Desde CSIF, como representantes de los trabajadores/as transmitimos a Función Pública esta penosa situación y solicitamos que se busquen soluciones urgentes junto a la SGT del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia.
En Archivos Adjuntos encontrarás las Ordenes sobre simplificación de los procesos selectivos y las nuevas Instrucciones emitidas por La Dirección General de Función Pública a las que nos referimos en el punto 3.