INSTRUCCIONES PARA EL SERVICIO DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIEDUCATIVO PARA ALUMNADO EN RIESGO DE ABANDONO ESCOLAR 24/25

  • Normativa

20 de enero de 2025

INSTRUCCIONES POR LAS QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS PARA EL SERVICIO DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIEDUCATIVO PARA ALUMNADO EN RIESGO DE ABANDONO ESCOLAR.

INSTRUCCIONES POR LAS QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS PARA EL SERVICIO DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIEDUCATIVO PARA ALUMNADO EN RIESGO DE ABANDONO ESCOLAR

INSTRUCCIONES DE LA DIRECTORA GENERAL DE POLÍTICA EDUCATIVA, ORDENACIÓN ACADÉMICA Y EDUCACIÓN PERMANENTE POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS PARA LA SOLICITUD DEL SERVICIO DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIOEDUCATIVO PARA ALUMNADO ESCOLARIZADO EN CENTROS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA DE LA CIUDAD DE ZARAGOZA EN RIESGO DE ABANDONO ESCOLAR.

INSTRUCCIONES

Primera. Objeto.

Estas instrucciones tienen por objeto establecer los criterios y procedimiento para la solicitud del servicio de acompañamiento socioeducativo para alumnado escolarizado en centros de Educación Secundaria Obligatoria de la ciudad de Zaragoza en riesgo de abandono escolar que forma parte del pilotaje del programa de acompañamiento socioeducativo

 

Segunda. Finalidad.

La finalidad del servicio es la atención especializada al alumnado en riesgo de abandono y fracaso escolar de centros educativos en los que se imparta Educación Secundaria de Zaragoza capital, a través de intervenciones de los profesionales de la entidad prestataria, que trabajan en el ámbito social o comunitario y extraescolar. Este servicio consistirá en el acompañamiento, asesoramiento y tutorización externa del alumnado, con el fin de proporcionar estrategias de prevención en aras de su inclusión socioeducativa y la mejora de su desarrollo personal, laboral y social. Todo ello de forma coordinada con los centros educativos y las familias. El servicio de acompañamiento socioeducativo se vincula así al Programa de Absentismo Escolar (PAE) con un claro carácter preventivo, y como una experiencia piloto que proporcione, además de un recurso de atención a centros y alumnado, información de cara a cursos posteriores.

 

Tercera. Destinatarios.

Los destinatarios del servicio son:

1. Centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón, sostenidos con fondos públicos, en los que se imparta Educación Secundaria, ubicados en la ciudad de Zaragoza.

2. Alumnado matriculado en estos centros en riesgo de abandono y fracaso escolar.

 

Cuarta. Procedimiento.

Para la prestación del servicio, el procedimiento a seguir será:

1. Una vez identificado el alumnado en riesgo de abandono escolar y/o exclusión sociolaboral por parte de los tutores, orientadores y equipos docentes del centro educativo, este, a través del Departamento de Orientación, solicitará el servicio a CAREI. La solicitud estará disponible en la página web de CAREI (www.carei.es).

2. Una vez revisada y aceptada la solicitud, CAREI la trasladará a la entidad prestataria.

3. Los profesionales socioeducativos contactarán, en primer lugar, con el Departamento de Orientación del centro educativo; a continuación, iniciarán la intervención con el alumnado y la familia.

4. Los profesionales socioeducativos se coordinarán con los centros educativos con la frecuencia que determine la naturaleza de la intervención.

 

Quinta. Intervenciones.

La entidad prestataria del servicio, llevará a cabo las siguientes intervenciones:

a) Realización de entrevistas con el alumnado derivado a este servicio para recoger información al objeto de establecer una línea de intervención adecuada. Las entrevistas se realizarán en las instalaciones de la entidad prestataria, según necesidad del servicio.

b) Realización de entrevistas con las familias de este alumnado para trabajar colaborativamente y alcanzar el objetivo general del recurso.

c) Organización de actividades grupales con el alumnado y sus familias: dinámicas de grupo, talleres de habilidades sociales, rutinas y hábitos escolares, etc.

d) Elaboración, junto al alumnado y sus familias, cuando se considere pertinente, de un itinerario de formación e inserción social.

e) Otras intervenciones que se consideren adecuadas para alcanzar la finalidad del servicio.

 

FUENTE: Educaragón

FUENTE: CAREI

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