Nueva vía a Margarita Salas y María Zambrano para recuperar las cuotas patronales - Nueva sentencia ganada por CSIF sobre despido improcedente de Profesora Visitante
- Empleo
27 de enero de 2025
Nueva vía para recuperar las cuotas patronales indebidamente retenidas a los beneficiarios de las ayudas Margarita Salas y María Zambrano
Aparte de la vía judicial que todavía está activa a diferentes niveles según universidades y territorios, existe una nueva fórmula -más rápida, menos tediosa y más completa- para recuperar las cuotas patronales indebidamente retenidas a los investigadores beneficiarios de las ayudas Margarita Salas y María Zambrano.
La Universidad de Castilla-La Mancha solicitó al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades la posibilidad de emplear los fondos no ejecutados de estas ayudas para cubrir la cuota patronal. Recientemente el MICIU, mediante comunicación del Secretario General de Universidades, confirmó la viabilidad de la solución planteada.
Una vez ratificada esta posibilidad por parte del MCIU, la Universidad de Castilla-La Mancha va a proceder, en una nómina con carácter retroactivo, al pago de la cuota patronal de la Seguridad Social correspondiente a los contratos que suscribió en su día bajo dichas modalidades.
PRIMERA SENTENCIA POR EL CESE DE PROFESORES VISITANTES: EL JUZGADO DE LO SOCIAL CONDENA A LA URJC POR EL DESPIDO IMPROCEDENTE DE UNA PROFESORA VISITANTE DEFENDIDA POR CSIF
- CSIF logra la primera sentencia favorable para una profesora visitante cesada por la URJC.
- La jueza nos da la razón al considerar que la relación laboral de la visitante era indefinida no fija y condena a la URJC al pago de una indemnización por despido improcedente.
Os comunicamos otro importante éxito judicial de CSIF en el ámbito universitario, esta vez, en relación con los ceses de los visitantes que la URJC llevó a cabo el pasado 31 de agosto, cuando decidió prescindir de todos sus profesores visitantes.
La jueza nos da la razón y concluye que “la relación laboral de la demandante debe considerarse indefinida no fija desde 2017, al haberse acreditado un uso abusivo y fraudulento de la contratación temporal bajo la figura de profesor visitante para cubrir necesidades estructurales de la Universidad. La extinción unilateral de esta relación laboral, operada el 31 de agosto de 2024, constituye un despido improcedente.” La sentencia condena a la URJC al abono de una indemnización de más de 18.000€.
A través de su asesoría jurídica, CSIF ha procedido a reclamar otros casos similares, de visitantes de la URJC que, tras concatenar contratos temporales durante años, fueron cesados el 31 de agosto de 2024.