NO al registro de horario de jornada que ha implantado Correos

  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Personal de Correos

21 de marzo de 2024

NO, porque no permite grabar la finalización de jornada más allá del horario de fin de jornada oficial. NO, porque si, por ejemplo, hay una falta de cobertura en la PDA el empleado/a acumula menos minutos que no son verdad. Y NO porque este sistema no permite grabar el inicio y fin real de la jornada. 

 

Así que, tal y como denuncia CSIF, NO. No al registro digital de la jornada que ha implantado Correos sólo por el hecho de evitar la posible multa económica. 

 

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Y NO, porque, según el artículo 10 del Real Decreto Ley 8/2019,La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria" que se establece en ese mismo artículo.

 

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Y NO, porque el registro debe implantarse  "mediante negociación colectiva, previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa". Y aquí, en Correos, no se ha hecho así.  

 

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En definitiva: el objetivo del registro horario no es evitar una multa a Correos, sino evitar el exceso de jornada y que, si se hace, se pague como horas extra. Y aquí no queda claro. Para nada. Así que hay que darle una vuelta YA

 

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