SEGURIDAD SOCIAL modificación regulación Incapacidad Temporal

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5 de enero de 2023

SEGURIDAD SOCIAL RD 1060/2022 modificación regulación Incapacidad Temporal en BOE de hoy

CSIF te informa a los trabajadores y trabajadoras de que, a partir de este año, ya no tendrán que entregar a la empresa el parte de baja médica del Servicio Público de Salud o de la Mutua.

para "eliminar obligaciones burocráticas que prolongan innecesariamente los procesos" de incapacidad temporal.

ENTRADA EN VIGOR EN 3 MESES (el día primero del tercer mes siguiente al de su publicación en el BOE)

Recuerda que hasta ahora el médico te entregaba dos copias, una para ti como trabajador y otra que debías entregar a la empresa en un plazo máximo de 3 días. Pues bien, a partir de ahora, será telemático.

Solo afecta a INSS

Nota informativa CSIFwww.csif.es/contenido/aragon/administracion-general-del-estado/354276

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