Ayudas para el programa de inmersión lingüística en lengua inglesa en España durante el curso 2024/2025 (6º primaria y 2ª ESO). BOE 03/04/2024.
- Idiomas
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Catedráticos Enseñanza Secundaria
- Maestros
- Profesores de Secundaria FP y Enseñanzas de Régimen Especial
3 de abril de 2024
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES
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Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan ayudas destinadas a alumnado de sexto curso de Educación Primaria y segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria para el desarrollo de un programa de inmersión lingüística en lengua inglesa en España durante el curso 2024/2025
TEXTO
BDNS(Identif.):751896
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/751896)
Primero. Beneficiarios: Grupos de alumnos/as matriculados en centros educativos públicos o concertados de 6º de Educación Primaria o 2º de ESO.
Segundo. Objeto: Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 216 ayudas (108 ayudas para grupos de alumnos/as de 6º de Educación Primaria y 108 ayudas para grupos de alumnos/as de 2.º de ESO) para participar en un Programa de Inmersión Lingüística en lengua inglesa durante el curso 2024/2025, realizado en dos periodos diferenciados en otoño de 2024 y primavera de 2025.
Tercero. Bases reguladoras: Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio (BOE del 15 de junio), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio por el Ministerio de Educación y Ciencia.
Cuarto. Importe:
La cuantía de las ayudas a que se refiere la presente Resolución, se abonará directamente a las empresas que resulten adjudicatarias de la licitación pública convocada a tal efecto y serán financiadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes con cargo al crédito 18.08.322L.489.02 o el que le sustituya de los Presupuestos de Gastos para 2024 y 2025, por un importe máximo de 630.000 € para el ejercicio de 2024 para atender las actividades del periodo de otoño 2024 y de 1.260.000 € para el ejercicio 2025 para atender las actividades del periodo de primavera 2025.
Dicho importe representa una cuantía individual por grupo de centro educativo participante de hasta 8.750 euros.
Dichas ayudas cubrirán todos los gastos relacionados con la actividad desarrollada en el centro de inmersión sin incluir los gastos derivados del transporte, tanto de ida entre el centro educativo y las instalaciones donde se realizará la inmersión como de su regreso. No obstante, atendiendo a su propio ámbito de competencia, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes aportará una ayuda complementaria para los centros de Ceuta, Melilla y centros de titularidad del Estado español en el exterior, a razón de un máximo de 3.500 euros por centro. Dichas ayudas se financiarán con cargo al crédito 18.08.322L.489.02 de los Presupuestos de Gastos para 2024 y 2025, por un importe máximo de 21.000 € para el ejercicio de 2024 y de 31.500 € para el de 2025, y se librarán a los centros educativos beneficiarios.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes finalizará en un plazo de 25 días naturales contados a partir de la publicación de este extracto en el BOE.
Sexto. Registro de solicitudes.
Una vez cumplimentada, la solicitud se presentará por registro electrónico por el procedimiento telemático establecido a través de la Sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Séptimo: Solicitudes y documentación.
El Director/a del centro o Secretario/a en su representación, deberá acceder con el usuario y contraseña de centro en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en la dirección https://sede.educacion.gob.es para cumplimentar la solicitud mediante el formulario que estará disponible.
La documentación precisa para participar en esta convocatoria, que deberá adjuntarse en la solicitud en formato electrónico, será la siguiente:
Proyecto de participación elaborado por los profesores/as acompañantes del grupo, de acuerdo con las instrucciones y orientaciones que se fijan en el Anexo IV de la Resolución de convocatoria.
Certificado de la Dirección por el que se acredita la autorización del Consejo Escolar para la participación del centro educativo en el programa de inmersión y la constatación de los profesores de acompañamiento conforme al modelo que se fija en el Anexo VI de la Resolución de convocatoria.
La no presentación del proyecto de participación será causa de exclusión.
Octavo: Condición del programa
La realización del presente programa de inmersión para el que se convocan las presentes ayudas, queda condicionada a la adjudicación del procedimiento de licitación abierto por el que se seleccionarán y contratarán a las empresas beneficiarias, que aportarán los medios y recursos necesarios que faciliten su desarrollo, conforme a lo establecido en la disposición adicional de la Resolución de convocatoria.
Madrid, 15 de marzo de 2024.- El Secretario de Estado de Educación, José Manuel Bar Cendón.