La sentencia sobre el incremento de plazas en del cupo para promoción interna ha tomado firmeza
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19 de agosto de 2022
CSIF – Canarias exigirá al Gobierno de Canarias la extensión de la sentencia, incorporando adicionalmente un total de 37 plazas a las 24 ya exigidas y minoradas en la OPE de 2020.
Recientemente adquirió firmeza la sentencia 104/2022, de 1 de abril de 2022, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección segunda de Santa Cruz de Tenerife, en el procedimiento ordinario 40/2021, seguido por el sindicato CSIF – Canarias, en recurso contra el Decreto 124/2020, de 10 de diciembre por el que se aprobó la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, por entender la existencia de un error en la determinación de la reserva legal establecida a efectos de permitir la promoción interna de sus empleados públicos como derecho individual a su carrera profesional.
Sorprende que sea la propia Administración General la que no atienda e incumpla de esta manera su propia normativa de función pública, realizando una interpretación que claramente vulnera el derecho a la promoción interna. Supuesto, este último, que nos llevó a tener que recurrir ante los tribunales la OPE del año 2020 por, entender y probar, la existencia de una merma de 24 plazas en el cupo ofertado para promoción interna. Sentido que queda claramente establecido en el artículo 29.1 de la Ley de la Función Pública Canaria y fundamenta, de manera tajante, la sentencia antes citada al estimar el recurso.
La promoción interna de los funcionarios de carrera viene reconocida por el artículo 16 y siguientes del Estatuto Básico del Empleado Público como el derecho al desarrollo profesional de los empleados públicos. Valor que eleva a un carácter de derecho individual, el apartado c) de su artículo 14 y, que se refuerza en este mismo sentido, por la Ley de la Función Pública Canaria en su artículo 29.1, al establecer que “Con la finalidad de facilitar la promoción interna, horizontal o vertical, de los funcionarios …/…, se reservará un mínimo del 25% de las plazas que figuren en la oferta de empleo público”.
Tan errónea interpretación jurídica de tal precepto ha sido la práctica habitual de la Dirección General de la Función Pública en la confección de bastantes ofertas públicas de empleo, mermando y limitando en número el derecho a la carrera profesional horizontal, o en su caso vertical, de los empleados públicos. Por ello, el sindicato CSIF-Canarias instará a la Dirección General de la Función Pública que teniendo en cuenta tal sentencia, proceda a revisar las ofertas y convocatorias de los procesos selectivos por los sistemas de promoción interna que se encuentren en curso, incrementando proporcionalmente el número de plazas que correspondan, así como que la diferencia de plazas que, tras ello, pudiera restar se adicione al cupo mínimo del 25 % para la promoción interna en la oferta pública de empleo para 2022, pendiente de negociar y aprobar.
Canarias a, 19 de agosto de 2022.
César Martínez Araque
Presidente CSIF Canarias