EL SINDICATO CSIF-CANARIAS ENMIENDA LA PROPUESTA DE LA FECAM

  • Empleo
  • Oferta Empleo Público
  • Otros Empleo
  • Negociaciones y acuerdos
  • Prensa y Comunicación
  • Notas de prensa y comunicaciones
  • Recortes de prensa
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Otros Cuerpos de Administración Local

6 de julio de 2022

Una propuesta de bases que dificulta el derecho a la estabilidad y consolidación del empleo público.

El sindicato CSIF-Canarias ha presentado una enmienda a la totalidad a la propuesta de bases generales presentadas por la Federación Canaria de Municipios (FECAM), para impulsar, en los distintos ayuntamientos canarios, los procesos selectivos de estabilización del empleo público, en ejecución de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

El pasado 1 de julio, a través de correo electrónico, se ha trasladado a este sindicato una copia del proyecto de bases, con la apertura de un plazo hasta el día 14 de este mismo mes, para presentar, si estimamos, las correspondientes alegaciones y sugerencias que se valoren ante las mismas. Pero, “¡poco podemos escapar…!”, es el valor que nos inspira este proyecto de bases. Más cuando la propuesta se aleja del espíritu que el legislador ha pretendido infundir a la ley, bajo un claro reconocimiento del abuso de la temporalidad en el seno de las administraciones públicas y, al mismo tiempo, al derecho expresado a favor de estas/os empleadas/os publicas/os para poder, a través de la misma, estabilizar y consolidar sus puestos de trabajo, acabando con la precariedad laboral a la que se les ha tenido sometidos durante tantos años.

Sorprenden los resultados que ofrece la simulación de los valores que comprenden los ítems barémales, donde hemos detectado de situaciones tan dispares como que para alcanzar la puntuación máxima (60 puntos sobre 100), se tienen que acreditar una antigüedad y experiencia en la plaza objeto de la convocatoria que van desde los 20 años como opción inicial, a los 125, 250 y 500 años como últimas opciones valorables. Pero, igualmente se aprecian ciertas discordancias en la valoración de los cursos de perfeccionamiento con una tasa de 0,05 puntos por horas acreditadas, frente al valor nominal que se otorga a la hora por curso en su conjunto.

Siendo conscientes de la responsabilidad y de la confianza que se nos ha depositado como sindicato mayoritario en el ámbito del sector público, hemos trasladado a la FECAM y a la Dirección General de Función Pública del Gobierno de Canarias, los criterios elaborados por el sindicato, como enmienda a la totalidad al proyecto de la FECAM y, a su vez, como modelo de impulso para la negociación de las bases generales que regirán los procesos de estabilización del empleo público.

Sobre este particular, nos comenta Javier Galván, responsable del sector de  Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias que, tras la aprobación y publicación de las distintas ofertas públicas de empleo extraordinarias de estabilización, en cuya confección CSIF-Canarias ha participado activamente atendiendo al compromiso adquirido con las empleadas y empleados públicos en abuso de temporalidad, “ahora es el momento de hacer valer y dar una respuesta real a estas trabajadoras y trabajadores públicos en un marco que ofrezca su garantía legítima”.

La finalidad perseguida por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, desde una perspectiva de carácter objetivo, marca la vía conducente a la estabilización del empleo público que con un carácter imperativo trasversal engloba a todo el sector público en general, en el que, la tasa de temporalidad aceptada deberá de situarse por debajo del ocho por ciento de la totalidad de las plazas que conforman sus respectivas plantillas de personal. Pero, al mismo tiempo, “el legislador ha querido dar, a través de esta norma, una respuesta real al sucesivo abuso que se ha venido instaurando en las propias administraciones públicas con la contratación temporal para la prestación de servicios y funciones estructurales”.

Y en este sentido, Elías Martín, secretario autonómico de Acción Sindical de CSIF-Canarias, nos indica que, “a través de sus disposiciones adicionales sexta y octava, el legislador ha pretendido dar esa respuesta al abuso continuado de la contratación temporal en el seno del sector público. Con las mismas, se reconocen este exceso de temporalidad como una forma anormal instaurada por las administraciones públicas para la provisión de las plazas estructurales obrantes en sus respectivas plantillas y, en su caso, pretende hacerse eco de los largos periodos de temporalidad que suman gran parte del personal funcionarios interino y del personal laboral no fijo que presta sus servicios en estas entidades públicas”.

La propuesta del sindicato CSIF-Canarias se centra, sin olvidar al resto del personal, en plasmar los objetivos perseguidos por la ley. Si la reducción de la tasa de temporalidad es su finalidad principal, nos sigue manifestando Elías Martín, “no perdemos de vista el derecho que la propia ley, indirectamente, otorga a todas las empleadas y empleados públicos para que, a través de ella, puedan estabilizar su relación de temporalidad abusiva, con la que han sido sometidos durante tantos años, por las administraciones públicas”.

Una propuesta en la que la experiencia adquirida y la antigüedad como personal temporal son los ejes centrales con los que CSIF-Canarias ha confeccionado sus criterios de baremación, a incluir en las bases que regirán los procesos de estabilización, tanto por, el sistema de concurso de méritos como, por la fase de concurso del sistema de concurso-oposición. Determinando, en este último, que la fase de oposición no será eliminatoria y se limita al mínimo el número de los temarios exigibles conforme a los grupos y categorías profesionales de las plazas convocadas.

Para el sindicato CSIF-Canarias la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, ha venido a ofrecer una oportunidad excepcional con la que se pretende reducir la temporalidad, pero al mismo tiempo, como se ha aludido anteriormente, viene a reconocer a todo el personal público que ha estado sometido a una precariedad laboral abusiva, su derecho a estabilizar y consolidar sus puestos de trabajo y acabar con ese vínculo de temporalidad.

Por tanto, no perdamos esta oportunidad y pongámonos a trabajar conjuntamente en beneficio de este gran colectivo de trabajadores públicos. Más cuando, en Canarias hay en torno a unas 30.000 empleadas y empleados públicos pendientes de que estos procesos salgan bien y se resuelvan conforme al marco de garantías que este nuevo texto legal nos proporciona.

 

Canarias a, 5 de junio de 2022


La noticia en los medios:

ARCHIVOS ADJUNTOS

COMPARTIR