Permisos para exámenes oficiales para el personal de la JCCM o del SESCAM

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10 de septiembre de 2018

Todo lo qué debéis saber sí sois trabajadores del SESCAM o de la JCCM y os presentaís aún examen oficial o de una oposición convocada por una administración pública, y trabajais el día del examen. 

EXÁMENES FINALES | Para concurrir a exámenes finales, exámenes parciales liberatorios de una parte del programa y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación en centros oficiales, incluida la asistencia a procesos selectivos de las Administraciones Públicas, se concederá el correspondiente permiso durante los días de su celebración. El carácter de prueba definitiva de aptitud y evaluación será acreditada por la persona solicitante mediante certificación expedida por el centro en la que conste tal carácter.
El permiso se extiende al día de realización del examen o prueba, con independencia de que sea o no coincidente con la jornada de trabajo.
Cuando la empleada o el empleado tenga asignado el turno de noche anterior a la celebración del examen el permiso se concederá durante 24 horas, comenzando su disfrute a partir de la hora de inicio de dicho turno. En ningún caso la Administración podrá cambiar los turnos con el fin de no conceder el permiso. No obstante, esto último no 
impedirá que dicho cambio se pueda efectuar por razones organizativas cuando sea necesario

PARA MÁS INFORMACIÓN CONSULTE CON SU DELEGADO SINDICAL DE CSIF

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