Documentación a presentar seleccionados con plaza Oposiciones 2023

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27 de julio de 2023

5 DÍAS HÁBILES PARA PRESENTAR DOCUMENTACIÓN

En el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en el que se hagan públicas en las dos Direcciones Provinciales las listas de personas aspirantes que hayan superado los procedimientos selectivos, estas deberán presentar ante la Dirección Provincial correspondiente, los siguientes documentos: 

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a) Petición de centros, en su caso, para la realización de la fase de prácticas. Esta petición se realizará a través de una solicitud indicando por orden de preferencia los centros docentes a lo que desean ser destinados. Para la formalización de estas solicitudes se seguirán las Instrucciones que se dicten por las respectivas Direcciones Provinciales.

b) Copia auténtica del título exigido para el ingreso en al cuerpo al que se ha optado o certificación académica original o fotocopia de la misma que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título. Se exceptúan de esto aquellos aspirantes que ya lo hubieran presentado para su valoración como mérito.

c) Copia auténtica de alguno de los certificados o títulos a los que alude en los apartados 2.2.1 b) y 2.2.2 b) de esta convocatoria que justifique el requisito especifico de acreditación de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y regulado en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo V A) de esta convocatoria.

Quienes no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su país de origen el acceso a la función pública según el modelo que figura como Anexo V B) de esta convocatoria.

e) Aquellas personas aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con discapacidad deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente en la que conste tal condición y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes al cuerpo docente para el que se ha superado el procedimiento selectivo. Este certificado no será necesario presentarlo cuando por autorización expresa del interesado, manifestada en su solicitud de participación, este extremo sea verificado por la Administración.

f) Quienes tuvieran la condición de personal funcionario de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar en tal caso una certificación u hoja de servicios del Registro Central de Personal, de la Dirección General de la Función Pública o del Ministerio u Organismos del que dependan, para acreditar tal condición. En esta certificación deberán figurar de modo expreso los siguientes datos:

1) Indicación del cuerpo, área o especialidad al que pertenecen, número de Registro Personal y si se encuentran en servicio activo.

2) Número de años como personal funcionario de carrera.

3) Lugar y fecha de nacimiento.

4) Título académico que posee y fecha de expedición.

Si en las certificaciones no puede hacerse constar alguno de los requisitos exigidos para el ingreso en el cuerpo por no obrar en los expedientes personales de las personas interesadas, éstas deberán remitir separadamente los documentos que los acrediten.

g) Certificado acreditativo de no tener ningún tipo de antecedentes penales por delitos sexuales expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Este certificado no será necesario presentarlo cuando por autorización expresa de la persona interesada, manifestada en su solicitud de participación, este extremo sea verificado por la Administración. PINCHA AQUÍ PARA OBTENERLO

 

Los que posean la nacionalidad distinta a la española o doble nacionalidad deberán además presentar certificación que acredite la ausencia de condenas en sus países de origen o del que es nacional, respecto a los delitos de la misma naturaleza.

12.3 Quiénes dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, decaerán de todos sus derechos a ser nombrados personal funcionario de carrera, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

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