Modificación del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del SERMAS. Regulación de la promoción interna temporal de los profesionales
- Concursos y movilidad
- Otros Concursos y Movilidad
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Administrativos
- Auxiliares Administrativos
- TCAE
- Celadores
- Enfermería
- Estatutario
- Médicos
- Otro Personal Sanitario
- Personal de gestión y servicios - Sanidad
- Técnicos en PRL
- Trabajadores sociales
- CSIF Informa
31 de mayo de 2024
Regulación de la promoción interna temporal de los profesionales
MODIFICACIÓN DEL PLAN DE ORDENACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DEL SERMAS. REGULACIÓN DE LA PROMOCIÓN INTERNA DE LOS PROFESIONALES.
ORDEN 776/2024, de 13 de mayo, de la Consejera de Sanidad, por la que se modifica el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, aprobado mediante Orden 199/2013, de 22 de marzo, del Consejero de Sanidad.
Este Plan regula la promoción interna de los distintos profesionales con la finalidad de facilitar que estos puedan proceder a realizar cambios de turno, puesto y o unidad dentro del centro sanitario. Logrando así de este modo, a su vez, que puedan desempeñar sus funciones de manera más satisfactoria para ellos y por ende mejorar la calidad asistencial que ofrecen.
El Estatuto Marco regula la Promoción Interna Temporal y determina que por necesidades del servicio y en supuestos y bajo los requisitos que, al efecto establezcan en cada servicio de salud, se podrá ofrecer al personal estatutario fijo el desempeño temporal, y con carácter voluntario, de funciones correspondientes a nombramientos de una categoría del mismo nivel de titulación o de nivel superior, siempre que ostente la titulación correspondiente.
REQUISITOS
Los requisitos para poder participar en un proceso de promoción interna temporal:
- Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio Madrileño de Salud y encontrarse en situación de activo en ese centro de gestión.
- Estar en posesión de la titulación requerida.
Queda anulado este otro requisito a partir de la entrada en vigor de esta orden, publicada en el BOCM de hoy (31/05/2024)
- Haber prestado servicios durante al menos dos años en la categoría de procedencia como personal estatutario fijo.
Esta Orden surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (31/05/2024)
Ver la Orden completa publicada en el BOCM clicando en la imagen